
El Consejo de Estado inadmitió una demanda que pretendía anular la elección de Abelardo Gabriel de la Espriella como presidente de la República.
La información fue confirmada por el reconocido jurista Germán Calderón España, nombrado jefe de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para el Gobierno entrante.
El abogado publicó una fotografía que muestra la anotación de inadmisión de la demanda tramitada tras una reunión sostenida el martes, 7 de julio de 2026, con la intención de presentar “nuevas pruebas” que demostrarían presuntas irregularidades en el proceso de escrutinio de la segunda vuelta presidencial, que se llevó a cabo el domingo, 21 de junio de 2026.
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De acuerdo con la información disponible sobre los procesos, fueron varias las demandas que se presentaron en contra de la elección de De la Espriella que no procedieron por asuntos técnicos.
Una de ellas es la del exmagistrado del Consejo Nacional Electoral Luis Guillermo Pérez, aliado de Gustavo Petro, cuya demanda exigía “la suspensión provisional de los efectos del acto de elección y suspensión de la posesión presidencial prevista para el 7 de agosto” en favor de De la Espriella, ante varios “principios de supremacía constitucional, soberanía popular, defensa de la soberanía nacional, autenticidad del sufragio, moralidad pública, legalidad electoral y protección efectiva del orden democrático”.
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La acción judicial, según el documento, estaba basada en los artículos 229, 230 y 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo—CPACA—, en concordancia con los artículos1, 2, 3, 4, 40, 98, 99, 103, 188, 189, 191, 192 y 258 de la Constitución Política.
Según la explicación de la solicitud, el demandante afirmó que De la Espriella “habría llegado al cargo mediante una campaña de violencia política, amenazas, hostigamiento, incitación a delinquir y apología del genocidio, y además habría prestado un juramento solemne de naturalización extranjera que implica renuncia expresa a toda lealtad y fidelidad hacia Colombia, produciría un perjuicio institucional de carácter irreparable”.
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Sin embargo, según el documento de inadmisión publicado por el Consejo de Estado, en el caso de Pérez, “el actor no envió por medio electrónico copia del escrito de la demanda y sus anexos a la parte pasiva, deber indicado en el número 8 del artículo 162 de la Ley 1437. No se indicó que se desconoce la dirección física y electrónica en la que recibirá notificaciones el demandado”.
Qué más demandó el exmagistrado Pérez
La denuncia, firmada por Pérez Casas y respaldada por más de 818.000 firmas, cuestionó tanto la legitimidad de la campaña electoral como la elegibilidad del presidente electo debido a su vínculo con Estados Unidos.
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La demanda se apoyó en dos ejes centrales. El primero señala que la campaña de De la Espriella “vulneró la libertad de voto y los principios democráticos a través de violencia política, estigmatización e intimidación sistemática”.
El texto también acusó el uso reiterado de símbolos nacionales, como la bandera y la camiseta de la selección Colombia, en actos y propaganda electoral, en presunta contravención de la Ley 1475 de 2011 y de advertencias del Consejo Nacional Electoral que, según la acción, prohíben emplear estos elementos en campañas.
Además, se recopilaron discursos de De la Espriella en los que habría calificado a opositores como “delincuentes” y “enemigos a extirpar”, así como denuncias de incitación a la violencia y deslegitimación del voto en zonas rurales e indígenas mediante la llamada “narrativa del voto fusil”.
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El segundo eje fue la mencionada doble nacionalidad del presidente electo. El expediente sostuvo que De la Espriella adquirió voluntariamente la ciudadanía estadounidense, y que juró lealtad exclusiva a ese país, lo que, según el demandante, crea una incompatibilidad absoluta para ejercer la presidencia en Colombia.
La demanda aporta registros de naturalización, publicaciones en redes sociales y posibles aportes financieros a campañas del Partido Republicano de Estados Unidos. Solicitó, además, certificaciones formales sobre la vigencia de la ciudadanía extranjera y los vínculos partidarios en ese país.
La demanda llegó acompañada de un amplio contenido probatorio: resoluciones oficiales, videos y registros de discursos, investigaciones técnicas y solicitudes a organismos nacionales e internacionales.
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