
La implementación del nuevo impuesto al patrimonio para personas jurídicas en Colombia en 2026 fue oficializada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) mediante el Decreto 173 de 2026, adoptado tras la declaración de emergencia económica,
social y ecológica en el país. La entidad dispuso el formulario 425 como el instrumento oficial para que las empresas declaren y cumplan con esta obligación tributaria, según informó Caracol Radio.
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El nuevo tributo regirá para todas las sociedades, personas jurídicas y establecimientos permanentes cuyo patrimonio líquido al 1 de marzo de 2026 sea igual o superior a 10.474.800.000 pesos (200.000 UVT).
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Sin embargo, quedan excluidas de esta obligación las empresas del sector salud, las entidades bajo intervención estatal y las compañías de servicios públicos domiciliarios ubicadas en municipios declarados en calamidad pública.
La Dian ha precisado que la declaración y el pago deberán efectuarse por medios electrónicos a través de su plataforma oficial, utilizando exclusivamente el formulario 425.

La creación de este impuesto responde a la necesidad de reunir fondos extraordinarios para la atención y reconstrucción tras los daños provocados por la crisis climática, dada la insuficiencia de los recursos presupuestarios actuales. Así lo informó Caracol Radio en su análisis sobre la medida.
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Quiénes deben pagar el impuesto al patrimonio y quiénes están exentos
El gravamen aplica a todas las personas jurídicas y sociedades de hecho que sean contribuyentes y deban declarar el impuesto sobre la renta y complementarios.
También afecta a los establecimientos permanentes y sucursales en Colombia de entidades extranjeras, siempre que su patrimonio líquido, al 1 de marzo de 2026, sea igual o superior a $10.474.800.000.
Quedan exentas las empresas del sector salud, según la resolución de la Dian, junto con las intervenidas por el Estado y las de servicios públicos domiciliarios en municipios afectados por calamidad pública derivada de la emergencia declarada oficialmente.
El Gobierno nacional estableció estos criterios de exclusión para asegurar la operación de sectores estratégicos ante la crisis, conforme a lo reseñado por Caracol Radio.
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Tarifas, fechas y procedimiento para declarar el impuesto al patrimonio
La normativa vigente fija una tarifa general del 0,5% sobre la base gravable para la mayoría de las empresas obligadas. No obstante, los sectores financiero y extractivo deberán aplicar una tasa del 1,6%, según lo dispuesto en el Decreto 173 de 2026.

El pago del impuesto se hará en dos cuotas: el 1 de abril de 2026 corresponde la primera, que cubre el 50% del monto total, y el 4 de mayo de 2026 se debe abonar el 50% restante.
La determinación del valor patrimonial se realiza a partir del patrimonio líquido poseído al primer día de marzo, conforme explicó la Dian.
Todo el proceso es virtual, mediante los servicios informáticos de la Dian y la firma electrónica autorizada. El formulario 425 estará disponible únicamente en la plataforma oficial, y su diligenciamiento es indispensable para el cumplimiento tributario.
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El Gobierno Nacional aclaró que este impuesto extraordinario tiene el propósito de generar los recursos necesarios para la reconstrucción y la atención a las comunidades afectadas, ante la magnitud de la emergencia climática reconocida en el país.
La Dian actualiza sistema de agendamiento de citas para trámites tributarios en 2026
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia actualizó desde el 30 de marzo de 2026 su sistema de agendamiento de citas, permitiendo que contribuyentes y usuarios coordinen en línea o por teléfono su atención presencial o virtual para trámites tributarios y aduaneros.
Esta medida busca evitar congestiones y asegurar una gestión programada de los servicios durante la temporada de declaración de renta, que en 2026 exige mayor previsión debido a los nuevos topes económicos fijados por el organismo.
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Para el año gravable 2025, la obligación de declarar renta en 2026 recaerá sobre quienes perciban ingresos iguales o superiores a $73.323.600 o posean un patrimonio no inferior a $235.683.000 al 31 de diciembre de 2025.
Estas cifras corresponden a 1.400 unidades de valor tributario (UVT), cada una valorada en $52.374 para 2026, lo que representa un aumento del 5,17% respecto al año anterior, de acuerdo con la resolución 000238 de 2025 publicada por la Dian.
Quienes recibieron únicamente dos salarios mínimos mensuales, equivalentes a $1.623.500 en 2025, no deberán presentar la declaración, especificó la entidad al citado medio.
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