El hombre fue capturado por la policía al ser detenido por la comunidad - crédito @dona_pily2 / X
Un juez dictó medida de aseguramiento en un centro carcelario contra Brayan González Pacheco, señalado de conducir una motocicleta en estado de embriaguez y de atropellar a un adulto mayor, un accidente que provocó la muerte inmediata del hombre de 90 años, el sábado 14 de marzo.
La decisión se tomó durante las audiencias de control de garantías, después de que la Fiscalía General de la Nación le imputara el delito de homicidio a título de dolo eventual, cargo que el procesado no aceptó.
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Según la investigación presentada por el ente judicial, los hechos ocurrieron en una calle del sector de Engativá, donde Luis Ramírez, el adulto mayor y arquitecto, intentaba cruzar la vía por el paso peatonal.
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Las imágenes de cámaras de seguridad evidenciaron que la víctima esperó pacientemente antes de atravesar la calle, al dejar pasar varios vehículos para garantizar su seguridad. Entre estos, se observan motocicletas y un bus que avanzaron antes de que Ramírez decidiera cruzar.

El material evidenció que el conductor, identificado como Brayan González, se desplazaba a alta velocidad y bajo los efectos del alcohol; sobre las 6:00 p. m., en la intersección de la calle 63 con carrera 121. La colisión fue inevitable y el adulto mayor resultó gravemente herido, falleciendo poco después debido a la magnitud del impacto.
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Las imágenes también demostraron que Ramírez no tuvo ninguna responsabilidad en el accidente, ya que el intento del motociclista de escapar se vio detenido gracias a que un testigo del accidente logró retenerlo hasta que llegaron agentes de la Policía, lo que reforzó la imputación de la Fiscalía sobre la conducta del conductor.
Durante la audiencia, el juez explicó que la decisión de imponer la detención preventiva se basó no solo en la gravedad del hecho, sino en la conducta del acusado posterior al accidente.
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Según el togado, González intentó evadir a las autoridades, hecho que generó preocupación sobre su disposición a enfrentar el proceso judicial.
“Ese interés de la persona en evadirse del lugar de los hechos y que tuvo que ser la comunidad la que logró contenerlo para que llegara a los servidores de Policía”, señaló el juez durante la audiencia.
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Además, señaló que, durante la etapa de judicialización, el acusado mostró actitudes que indicaban su intención de evitar la responsabilidad penal. Entre estas conductas se incluyeron amenazas sobre su propia integridad física.

“Ese interés de la persona en afectar su integridad física e, inclusive, amenazar con culminar con su vida para buscar así también evadirse de esas responsabilidades”, añadió el togado.
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Debido a esta serie de factores, el juez concluyó que medidas menos restrictivas no garantizarían el cumplimiento de los fines del proceso penal. Por lo tanto, sostuvo que “lo que nos queda es acudir a una medida mucho más restrictiva, lo que nos ubica en la detención preventiva en establecimiento de reclusión”, así apoyó la solicitud presentada por la Fiscalía.
Mientras la entidad judicial continúa con la recolección de pruebas, incluido el análisis de los registros de video, testimonios de testigos y evaluaciones periciales sobre el estado del conductor al momento del accidente, Brayan González permanecerá privado de la libertad.
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Esta sería la posible pena contra el motociclista que atropelló al adulto mayor
En Colombia, el homicidio cometido bajo dolo eventual se sanciona con las mismas penas que el homicidio doloso, ya sea simple o agravado, ya que la ley considera que el dolo es único.
Esto significa que no hay una categoría especial de pena llamada “dolo eventual” en el Código Penal. El dolo eventual se produce cuando una persona actúa con la conciencia de que su conducta puede causar la muerte de alguien, pero procede dejando el resultado al azar, a diferencia del dolo directo, en el que se busca causar la muerte de manera intencional.
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Las penas varían según la gravedad del homicidio. Para el homicidio simple bajo dolo eventual, la legislación establece un rango de 208 a 450 meses de prisión (17 a 37 años aproximadamente).
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