El presidente Gustavo Petro respondió a la suspensión provisional del decreto del salario mínimo vital por parte del Consejo de Estado, reafirmando que la medida está plenamente respaldada por la Constitución y los criterios económicos en los que se sustentó su expedición.
A través de un mensaje en redes sociales, el mandatario aseguró que, aunque respetará la decisión del magistrado en lo transitorio, actuará de acuerdo con la Constitución.
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“El decreto ya expedido tiene todos los criterios económicos que se han reflejado en él. Así que el decreto transitorio que pide el magistrado, mientras resuelve de fondo el Consejo de Estado, seguirá las órdenes de la Constitución”, afirmó.
Petro anunció que, por respeto al magistrado, el ministro de Trabajo convocará de inmediato una reunión de concertación, y él mismo solicitó un encuentro con la coordinación de movimientos sociales para estudiar la actitud judicial y definir el nuevo decreto que se expedirá.
La reunión se realizará a la luz de las últimas mediciones económicas y estudios, que analizan la incidencia marginal del salario vital en la inflación de productos alimenticios, el impacto del aumento de la tasa de interés sobre el empleo y el déficit nacional.
El presidente enfatizó que los derechos privados que el Consejo de Estado debe defender frente al gobierno deben proteger, ante todo, los derechos del pueblo trabajador.
“Disminuir la demanda por alimentos vitales en Colombia en las actuales circunstancias llevaría a detener la economía nacional y a aumentar el hambre y la desnutrición infantil, la más grave. Eso atenta contra la Vida. Nada más anticonstitucional”, sostuvo.
Petro advirtió que la suspensión del salario vital representa un riesgo no solo para los trabajadores, sino también para la vigencia de la Constitución y la estabilidad de la política social del país.
“Suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la Constitución, que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno en materia de salario”, afirmó, e hizo un llamado al gran capital para decidir si busca un pacto social inclusivo o el enfrentamiento político y social.
El presidente recordó su llamado histórico a construir un “pacto social de la vida y de la paz” y enfatizó que toda medida sobre salarios debe evaluarse desde su carácter social o antisocial. Además, invitó al pueblo trabajador a expresar su opinión sobre la situación y advirtió al poder judicial que el gobierno se debe tanto al voto que lo eligió como a la Constitución nacional.
El Consejo de Estado de Colombia impuso la suspensión obligando al Gobierno Nacional a emitir, en un plazo de ocho días calendario, un nuevo decreto transitorio que defina el porcentaje de incremento y el valor definitivo para este año, mientras se resuelve la demanda en curso.
De acuerdo con la decisión, el ajuste que establezca el Ejecutivo será de carácter temporal y solo regirá hasta que haya una sentencia definitiva sobre la legalidad del acto original. La corporación advirtió que el Gobierno debe ceñirse estrictamente a los criterios económicos y constitucionales previstos en la legislación nacional.
Una de las directrices más relevantes que acompañan la medida cautelar es la exigencia de que el decreto transitorio incluya una fundamentación económica exhaustiva. Según el alto tribunal, el Gobierno deberá exponer “cómo se pondera cada criterio, si la valoración es cuantitativa o cualitativa y cuál es la operación aritmética que conduce a la cifra final, todo sustentado en datos oficiales”. La justificación detallada aparece como un requisito ineludible en la aplicación de la nueva norma salarial.
El Consejo de Estado especificó que la medida cautelar permanecerá activa mientras dure el proceso judicial sobre la legalidad del decreto original, subrayando que las nuevas condiciones salariales tendrán vigencia absolutamente transitoria hasta la emisión de una decisión definitiva.