
La reciente decisión de la Corte Constitucional de Colombia marcó un punto de inflexión en la protección de los derechos de la población transgénero dentro del sistema de salud.
Al analizar el caso de Victoria, una mujer transgénero de 33 años afiliada a Colmédica, el alto tribunal determinó que los procedimientos médicos vinculados a la afirmación de género no pueden considerarse intervenciones estéticas, sino que constituyen una parte esencial del derecho fundamental a la salud, la dignidad y la identidad.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
Esta sentencia obliga a las empresas de medicina prepagada y a los planes adicionales de salud a autorizar y cubrir estos tratamientos, sin que puedan ampararse en cláusulas contractuales genéricas de exclusión.
PUBLICIDAD
El proceso judicial se originó cuando Victoria, que desde 2019 seguía un tratamiento endocrinológico para su afirmación de género, recibió la negativa de Colmédica para autorizar exámenes de feminización facial y una mamoplastia de aumento. La empresa argumentó que se trataba de “cirugías estéticas” excluidas por la cláusula décimo octava de su contrato.

Esta postura, según la Corte Constitucional, obstaculizó la legítima aspiración de Victoria de manifestar su identidad de género mediante modificaciones corporales. Además, la situación se agravó por el desabastecimiento nacional de su medicamento hormonal desde septiembre de 2023, lo que la obligó a adquirirlo por su cuenta y le generó problemas de salud, incrementando sus niveles de ansiedad, como certificó su psicólogo.
PUBLICIDAD
Ante la negativa reiterada de la empresa, Victoria interpuso una acción de tutela. En febrero de 2025, un juzgado de Bogotá falló a su favor y ordenó a Colmédica cubrir todos los tratamientos requeridos.
En cumplimiento de esta decisión, la empresa autorizó y realizó la mamoplastia de aumento el 28 de febrero de 2025. Sin embargo, Colmédica impugnó el fallo y, en marzo de 2025, un juzgado de segunda instancia revocó la decisión inicial, señalando que los procedimientos, aunque no eran estéticos, no estaban contemplados en el contrato y que la paciente debía acudir a su EPS del régimen contributivo, Aliansalud. Tras esta revocatoria, en junio de 2025, la empresa volvió a negar los exámenes para la feminización facial.
PUBLICIDAD
Al revisar el caso, la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, bajo la ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez, concluyó que Colmédica vulneró los derechos fundamentales de Victoria a la salud, la identidad de género y el diagnóstico médico.

El tribunal enfatizó que el derecho a la salud abarca las dimensiones física, mental y social, y que la falta de correspondencia entre la identidad de género y la fisionomía puede afectar gravemente la dignidad y el proyecto de vida de una persona. En palabras de la Corte Constitucional, “los procedimientos quirúrgicos ordenados en el marco de un proceso de afirmación de género no son de naturaleza estética”.
PUBLICIDAD
El fallo de la Corte Constitucional refuerza la obligación de las entidades médicas, incluidas las que ofrecen planes de medicina prepagada y servicios adicionales de salud, de garantizar una atención integral, continua y libre de discriminación a las personas transgénero.
“El derecho a la salud de la población transgénero comprende dimensiones físicas, mentales y sociales, y no puede ser restringido por motivos administrativos o contractuales”, subrayó la Corte Constitucional.
PUBLICIDAD
En cuanto a la regulación de los contratos de medicina prepagada y planes adicionales de salud, la Corte Constitucional precisó que las cláusulas genéricas de exclusión no pueden oponerse a los usuarios, ya que desconocen la igualdad contractual y amenazan derechos como la salud, la vida digna y la integridad personal.

Las empresas del sector deben realizar una valoración médica previa antes de suscribir los contratos y solo podrán excluir condiciones que estén claramente especificadas. La ausencia de precisión convierte en inválida cualquier exclusión genérica o ambigua.
PUBLICIDAD
El tribunal ordenó revisar los modelos contractuales, las políticas internas de exclusiones y los procedimientos de autorización médica para garantizar coherencia con los principios constitucionales de equidad, transparencia y respeto por la diversidad de género.
El pronunciamiento de la Corte Constitucional consolida reglas jurisprudenciales que definen el alcance del derecho a la salud de la población transgénero en Colombia. Entre los lineamientos principales se encuentran:
PUBLICIDAD
- El derecho a la salud abarca dimensiones física, mental y social
- El acceso debe considerar las barreras de discriminación estructural
- El diagnóstico de disforia de género o transgenerismo es una herramienta clínica, no una enfermedad
- Los procedimientos de afirmación de género no son de naturaleza estética
- Negar atención médica vulnera derechos fundamentales
- Las prescripciones deben provenir del médico tratante
- Las entidades deben garantizar el derecho al diagnóstico incluso sin orden médica
- La atención debe ser continua y sin interrupciones arbitrarias
“Las cláusulas genéricas de exclusión en los contratos de medicina prepagada no pueden oponerse a los usuarios, ya que desconocen la igualdad contractual y amenazan derechos fundamentales como la salud y la dignidad humana”, estableció la Corte Constitucional.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
América de Cali vs. Santa Fe EN VIVO - playoffs de la Liga BetPlay: siga el minuto a minuto desde el Pascual Guerrero
El clásico de rojos se jugará en la capital del Valle del Cauca, reeditando un duelo intenso y parejo en los últimos partidos

Estos son los días en que la Registraduría capacitará a los más de 750.000 jurados de la primera vuelta
Las sesiones duran dos horas por grupo y se extenderán hasta el 28 de mayo. El censo electoral para la primera vuelta es de 41.421.973 personas habilitadas en Colombia y en el exterior

Internacional de Bogotá vs. Atlético Nacional EN VIVO - playoffs de la Liga BetPlay: siga el minuto a minuto desde Techo
El verde visita Bogotá con el objetivo de sumar la victoria en el partido de ida ante la revelación del campeonato colombiano

Más de 5,8 toneladas de droga incautadas en el Pacífico colombiano: 6 personas extranjeras y un menor de edad
Información de Inteligencia Naval sobre movimientos sospechosos de dos embarcaciones tipo go fast y una corvina en aguas del Pacífico central. El despliegue inmediato de unidades del Grupo de Guardacostas facilitó la inspección y el hallazgo de bultos que contenían las sustancias ilícitas

Cinco denuncias por presunto maltrato y presión política sacuden a la Unidad para las Víctimas y a su directora encargada
Organismos de control habrían recibido testimonios sobre jornadas extremas, hostigamientos y supuestas exigencias de respaldo a actividades oficiales



