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Estas son las condiciones para que su vehículo no aplique para la revisión tecnicomecánica

Este procedimiento, obligatorio para poder circular libremente por las vías del país, tiene unas excepciones puntuales; no obstante, es importante consultar en la página del Runt para realizar las verificaciones respectivas

La revisión tecnicomecánica es un requisito obligatorio para circular por las vías del país - crédito Colprensa

La revisión tecnicomecánica es uno de los requisitos fundamentales y obligatorios para que un vehículo se pueda movilizar libremente por las vías del país. Este procedimiento, que tiene una duración de alrededor de dos horas, se realiza cada año en Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) donde se verifica el estado de los frenos, el motor, las luces y escapes de acuerdo con cada tipo de vehículo:

  • Estado de la carrocería.
  • Niveles de emisión de gases y otros elementos contaminantes.
  • Funcionamiento del sistema mecánico y eléctrico.
  • Condiciones de la dirección, suspensión y frenos.
  • Estado de las llantas y vidrios.

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Así las cosas, conducir sin un certificado de revisión tecnomecánica vigente en el país puede resultar en una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), lo que equivale a aproximadamente $712.000 en 2025.

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No contar con la revisión tecnomecánica acarrea una multa de más de $700.000 - crédito Luisa González/REUTERS

Este requisito, establecido en el Código Nacional de Tránsito, es parte de las obligaciones legales que deben cumplir los conductores en el país, junto con la licencia de conducción y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat). Sin embargo, recientes modificaciones introducidas por el artículo 52 de la Ley 2294 de 2023, que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, cambiaron las reglas para ciertos vehículos en relación con la revisión tecno-mecánica y de emisiones contaminantes.

De acuerdo con la normativa, los vehículos nuevos de servicio particular no estarán obligados a realizar la revisión tecno-mecánica hasta el quinto año desde su fecha de matrícula; es decir, un carro matriculado en 2021 no deberá someterse a este procedimiento hasta 2026.

De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 2294 de 2023, los vehículos nuevos de servicio particular no estarán obligados a realizar la revisión tecnomecánica hasta el quinto año desde su fecha de matrícula - crédito Shutterstock

“Queremos informarle que la revisión técnica mecánica para vehículos particulares operará a partir del quinto año que cumpla el registro inicial del vehículo que está circulando, salvo los que se matricularon y realizaron su registro inicial entre el 20 de mayo del 2017 y el 19 de mayo del 2018″, afirmó en su momento el director de Transporte y Tránsito, Luis Alejandro Zambrano Ruiz.

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Del mismo modo, los vehículos con placas extranjeras que permanezcan en el país por un periodo máximo de tres meses también están exentos de esta obligación.

De otro lado, los vehículos antiguos no están obligados a realizar esta revisión; no obstante, deben mantenerse en condiciones favorables en términos mecánicos, ambientales y de seguridad.

Vehículos con placa extranjera tienen una excepción de tres meses sin cumplir con este requisito - crédito Amanda Perobelli/REUTERS

Descuentos para vehículos eléctricos y herramientas de consulta

Cabe señalar que los vehículos eléctricos cuentan con incentivos económicos para realizar la revisión tecnomecánica. En ciudades como Bogotá, los propietarios de este tipo de vahículos pueden acceder a un descuento del 30 % en el costo del procedimiento, pero deben realizarlo en CDA autorizados por el Ministerio de Transporte.

Para facilitar el cumplimiento de estas normativas, se puede dirigir al Registro Único Nacional de Tránsito (Runt): https://www.runt.gov.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo. Ahí los conductores pueden verificar la fecha de su última revisión tecnomecánica. Asimismo, mediante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac), es posible identificar los CDA autorizados según la tipología del vehículo.

Puede consultar en la página del Runt si su vehículo requiere o no este proceso obligatorio - crédito Ilustrativa Infobae

Gobierno implementó medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de conductores con sus vehículos

Según cifras del Runt, hasta septiembre de 2024, el 57% de los vehículos en Colombia no cumplía con la revisión tecno-mecánica y el 48% no tenía Soat vigente.

Esta problemática afecta los recursos de los programas preventivos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv). Por ello, el Gobierno nacional anunció medidas más estrictas, como la verificación obligatoria por parte de los CDA del Soat en tiempo real antes de realizar la revisión tecno-mecánica, según el artículo 180 de la Ley 2294 de 2023.

Si el Soat no está vigente, los CDA deberán informar al tránsito para emitir el comparendo correspondiente. Estas verificaciones se harán a través del sistema Runt y deberán automatizarse en un plazo máximo de tres meses.

Desde el 1 de diciembre de 2025, las sanciones contempladas en esta normativa, como multas por no cumplir con el Soat o la revisión tecno-mecánica, se aplicarán plenamente.

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