PNP explica la razón por la cual delincuentes tenían un altar de “Santo Chucky” en su guarida

Esta banda criminal de Villa el Salvador, que se dedicaba a la extorsión y al robo de autos, habría adoptado conductas de organizaciones extranjeras.

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Foto: Captura América
Foto: Captura América

Hace unos días la Policía Nacional del Perú (PNP) capturó en Villa el Salvador a una banda criminal que se dedicaba a la extorsión y al robo de autos. Ellos fueron bautizados como los “Chuckys de la Amistad” tras descubrir que le rendían culto al popular muñeco diabólico.

Los agentes de la PNP hallaron, en el escondite de los delincuentes, un altar de Chucky, el cual estaba conformado por un muñeco en el centro y cuatro velas encendidas a su alrededor, una por cada ladrón. Además, contaba con carros de juguetes, que simbolizaban los vehículos que habían robado, y zapatillas con municiones en su interior.

Esto generó gran recelo entre los miembros de la policía y la población en general al considerarlo un acto macabro. Ante ello, el coronel PNP, Walter Palomino Simón, jefe de la División policial Sur 2, ensayó una explicación en relación al altar de “Chucky”.

Según manifestó Palomino, la devoción de estos criminales es un tema aprendido de delincuentes venezolanos, específicamente de ‘Los Huaruros del sur’, una numerosa banda criminal que intimidaba a los vecinos de Lima Sur con pistolas y motocicletas.

“El año pasado nosotros acá en San Juan de Miraflores capturamos a ocho delincuentes venezolanos. Ellos también tenían una imagen que se llama el ‘Santo Malandro’ y ellos lo veneraron con velas. Creo que esto ha conllevado a que el delincuente peruano también cree su imagen. Han creado un Chucky que representa la maldad”, explicó a América Noticias.

“Chucky se encuentra en esta oficina de la División Policial Sub 2 representando que la Policía Nacional del Perú puede más que sus rituales de los delincuentes”, añadió.

De acuerdo a las pesquisas de los miembros de la Policía Nacional, el monigote de Chucky está hecho a base de yeso y con especificaciones precisas por parte de los hampones, como que porte ropa de marca, heridas de guerra, una pistola ametralladora, joyas, relojes caros y hasta un diente de oro.

“Ellos antes de salir a delinquir se reúnen en el domicilio donde se les ha capturado, le prenden velas y comienzan sus rezos para que les vaya bien en el trabajito”, señaló el jefe de la División policial Sur 2.

La banda está conformada por Jhon Polo Huaychani de 23 años, alías “El Rosas”, Hugo Joel Ramírez Paculia de 27 años, alias “Piccoro”, Alex Zamaro Pablo de 25 años, alias “Cupido” y Estefano Rivas Magallanes de 21 años, alias “Sombra”. Tres de ellos han estado presos en los últimos siete años por robo de autos y extorsionar a sus víctimas, según investigaciones de la PNP.

“Se están sacando los videos correspondientes, se está revisando con otros casos. Inclusive se está viendo un caso que ha tenido más de un mes donde han querido hurtar un vehículo Hilux en lo cual resultó muerto el chofer”, detalló el coronel PNP Walter Palomino.

ESTADO DE EMERGENCIA EN LIMA Y CALLAO

La ola delincuencia en Lima y Callao ha provocado que las autoridades declaren en Estado de emergencia la capital y el primer puerto del país. Esta medida busca controlar y disminuir los niveles de delincuencia durante un periodo de tiempo en el que se regirá estricto control sobre la población.

Según el decreto supremo 012-2022-PCM, la medida anunciada el 3 de febrero regirá durante 45 días, tiempo en el que la población deberá respetar algunas medidas estipuladas en la Constitución Política del Perú.

El decreto mencionado señala que durante el periodo que rija la medida adoptada por el Ejecutivo, quedarán suspendidos algunos derechos constitucionales, tal como lo estipulan los incisos 9, 11, 12 y 24 del artículo 2 de nuestra Carta Magna como el derecho a la libertad, inviolabilidad del domicilio, libertad de reunión, libertad de tránsito en el territorio nacional, entre otros. Sobre estos, es importante tener en cuenta la siguiente información.

DERECHOS QUE SE SUSPENDEN

Derecho a la libertad: los sujetos de derechos pueden realizar cualquier clase de actividad, lo cual involucra el ejercicio de los otros derechos fundamentales distintos a la libertad, mientras no vulneren con ella las normas que conforman el orden público, las buenas costumbres y las que tengan carácter imperativo.

Inviolabilidad de domicilio: Los sujetos derechos pueden impedir que cualquier otra persona ingrese a su domicilio para efectuar investigaciones, registros u otros motivos en caso no lo autoricen o cuando los terceros no cuenten con un mandato judicial. No lo podrán impedir, sin embargo, en caso de flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración.

Libertad de reunión: Los sujetos de derechos pueden agruparse, congregarse o reunirse, sin aviso previo, tanto en lugares privados como abiertos al público siempre y cuando lo hagan de manera pacífica. Por el contrario, las reuniones en plazas o vías públicas requieren de aviso anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o sanidad pública.

Libertad de tránsito en el territorio nacional: Los sujetos de derechos, en principio, pueden desplazarse libremente, dentro del territorio nacional en el que tienen su domicilio y también fuera de este, lo que involucra poder elegir dónde vivir. Salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.