
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 21 años a 13 años y medio de prisión la condena a los tres varones que en mayo de 2022 violaron de forma conjunta a una mujer que habían conocido unas horas antes en la playa de la localidad costera de Pulpí (Almería).
En su resolución, la Sala avala la aplicación del delito continuado a los coautores de agresiones sexuales grupales excepto en casos en los que se den circunstancias como que se produzcan durante un tiempo prolongado o, del lado contrario, se produzcan interrupciones durante la violación, casos en los que se podría castigar cada agresión de forma individual.
En una sentencia recogida por Europa Press, los magistrados de la Sala de lo Penal estiman los recursos de tres hombres que recurrieron una sentencia dictada por la Audiencia de Almería y confirmada después por el TSJA, que condenaba a cada uno de ellos a nueve años de cárcel por un delito de agresión sexual agravada y a 12 años más por dos delitos de agresión sexual cada uno, en este caso, ante su papel como cooperadores necesarios.
Ahora, el alto tribunal establece que, en su lugar, los tres deben ser condenados como coautores de delito continuado de agresión sexual, con una pena de 13 años y seis meses de prisión, sin que concurra el tipo de cooperadores necesarios.
Los magistrados resuelven que "todos los que participan ejerciendo violencia o intimidación con la finalidad de imponer un acto de contenido sexual no consentido son coautores, aunque no desplieguen ningún comportamiento de carácter sexual", y, por ello, en el plano jurídico, deberán ser considerados como coautores del delito sexual correspondiente, agravado por la actuación conjunta.
Tras analizar el caso, la Sala de lo Penal considera que cabe la aplicación del delito continuado que permite llegar a la pena de 18 años y nueve meses de prisión, aunque fija que en casos en los que se den circunstancias como el tiempo prolongado o interrupciones durante la agresión se podrá castigar cada delito por separado.
VOTO PARTICULAR
Cuatro de los 15 magistrados que han dictado la sentencia han emitido un voto particular en el que abogan por condenar por separado cada delito que se haya llevado a cabo durante la agresión sexual, siendo la continuidad delictiva la "excepción a dicha regla", puesto que, en su opinión, la interpretación de la mayoría del tribunal supone que la continuidad delictiva se convierte en regla general.
Aducen que, como regla general, las agresiones sexuales grupales no deben considerarse como un delito continuado, sino que se deben condenar cada delito cometido de forma individual. En su opinión, "la excepción debe ser el delito continuado y la regla la de no unificarlos".
En el caso de la violación de Almería, los magistrados consideran que los acusados deberían haber sido condenados cada uno por tres delitos, con penas separadas, por la "brutalidad de los hechos juzgados", como estaba previsto en la primera sentencia de la Audiencia Provincial.
"Tres sujetos que agreden con violencia e intimidación a una mujer, con sendas penetraciones y eyaculaciones en la cara y boca de la mujer, es un acto que por su brutalidad, y siguiendo la argumentación que expresa la sentencia de la mayoría, impediría la unificación en el delito continuado", añaden.
La sentencia de origen dio por probado que los tres acusados se encontraban el 21 de mayo de 2022 en la playa de San Juan de los Terreros acompañados de una cuarta persona cuando la mujer se acercó a ellos y entabló una "amigable conversación".
Así, los acusados y la víctima se fueron a tomar unas cervezas a un mesón cercano para, posteriormente, dirigirse a un supermercado donde compraron más cervezas. Fueron los acusados quienes sugirieron a la mujer irse a "un lugar alejado" para tomarse las latas, a lo que ella accedió.
Al poco de llegar a un lugar cerca de la playa, los acusados, puestos de común acuerdo, aprovecharon la situación y "con ánimo libidinoso", abordaron "repentinamente entre los tres" a la víctima, a la que tiraron al suelo donde la sujetaron "fuertemente en varios lugares del cuerpo" para quitarle la ropa interior mientras que uno ejercía las labores de vigilancia.
Una vez fue inmovilizada, la víctima fue agredida sexualmente y de forma sucesiva por parte de cada uno de los tres acusados, quienes se turnaban también para agarrarla y la amenazaban "con cortarle el cuello". La víctima presentaba hematomas en brazos y muslos como consecuencia de la agresión, así como una sintomatología "ansiosa moderada" con "trastorno de estrés agudo".
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