
Las pesquisas impulsadas por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) contemplan la próxima celebración de audiencias el 28 de abril de este año, con la exigencia de que los países investigados y las partes interesadas entreguen sus observaciones por escrito y solicitudes para participar con anterioridad al 15 del mismo mes. El objetivo de estas acciones consiste en avanzar hacia la identificación de prácticas que, según el Gobierno estadounidense, han permitido la incorporación en los mercados internacionales de productos elaborados con trabajo forzoso, afectando supuestamente la competitividad de empresas y trabajadores locales.
De acuerdo con la información publicada por la agencia Europa Press, las autoridades estadounidenses han iniciado una investigación formal sobre sesenta economías, entre las que se encuentran bloques clave como la Unión Europea, el gigante asiático China, y países de América Latina como Argentina, Brasil y México. La medida busca constatar si los gobiernos involucrados han puesto en marcha y aplicado, de manera efectiva, medidas que prohíban la importación de mercancías obtenidas mediante prácticas de trabajo forzoso. Según reporta Europa Press, en un comunicado oficial emitido por la oficina del USTR, su titular Jamieson Greer afirmó que “pese al consenso internacional contra el trabajo forzoso, los gobiernos no han impuesto ni aplicado eficazmente medidas que prohíban la entrada en sus mercados de productos fabricados con trabajo forzoso”.
PUBLICIDAD
La investigación se fundamenta en la Sección 301(b) de la Ley de Comercio de 1974, una herramienta legal que permite a Estados Unidos analizar y responder ante prácticas extranjeras consideradas desleales, irrazonables o discriminatorias, siempre que estas representen una restricción o carga para el comercio nacional. En este contexto, el gobierno de Estados Unidos pretende determinar si los actos, políticas y prácticas de cada economía investigada en materia de prohibición y control sobre bienes producidos con trabajo forzoso resultan, a juicio estadounidense, inadecuados o favorecen una competencia internacional considerada desigual.
Entre los países señalados por las autoridades estadounidenses figuran, además de los ya mencionados, Brasil, India, Japón, Israel, Canadá, Australia, Rusia, Corea del Sur, Egipto, Reino Unido, Hong Kong, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana y Honduras. También aparecen Argelia, Angola, Bahamas, Bahréin, Bangladés, Camboya, Chile, Indonesia, Irak, Jordania, Kazajistán, Kuwait, Libia, Malasia, Marruecos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Omán, Pakistán, Perú, Filipinas, Catar, Arabia Saudí, Singapur, Sudáfrica, Sri Lanka, Suiza, Taiwán, Tailandia, Trinidad y Tobago, Turquía, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay, Venezuela y Vietnam.
PUBLICIDAD
Tal como publicó Europa Press, el Representante Comercial Jamieson Greer expuso durante el anuncio que “durante demasiado tiempo” tanto las empresas como los trabajadores estadounidenses se han visto expuestos a competir con productos extranjeros que cuentan con menores costos por la utilización del trabajo forzoso. Greer destacó la expectativa de que, a través de las investigaciones en curso, quede demostrado “cómo el hecho de no erradicar estas prácticas abominables” influye en el panorama comercial de Estados Unidos.
Estas indagaciones contemplan una etapa inicial de consultas, que la oficina ya notificó haber iniciado, donde las economías investigadas pueden presentar pruebas, argumentos y justificaciones respecto a sus políticas y acciones para erradicar el trabajo forzoso en sus cadenas de suministro. Según la normativa establecida, este proceso busca ofrecer oportunidades para el diálogo antes de que se evalúen posibles medidas adicionales.
PUBLICIDAD
Europa Press detalló que en la víspera, el gobierno estadounidense también había abierto investigaciones similares sobre las actuaciones, marcos legales y políticas de China, la Unión Europea, Singapur, Suiza, Noruega, Indonesia, Malasia, Camboya, Tailandia, Corea del Sur, Vietnam, Taiwán, Bangladés, México, Japón e India. El alcance de estos procesos podría dar pie, según las disposiciones previstas, a la imposición de gravámenes o compensaciones comerciales en caso de comprobar infracciones relevantes a la Ley de Comercio de 1974.
La agencia recordó además la reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que declaró ilegales los aranceles recíprocos aplicados desde abril de 2025, un hecho que influye en el contexto de las actuales investigaciones y limita la capacidad de aplicar ciertos tipos de sanciones arancelarias directas.
PUBLICIDAD
La sección 301 de la mencionada legislación representa una de las principales herramientas normativas a disposición de la administración estadounidense para responder ante lo que considera prácticas injustificadas por parte de sus socios comerciales. Según detalló Europa Press, esta disposición faculta al Ejecutivo a investigar y eventualmente tomar represalias en materia de comercio si determina que alguna acción, política o práctica afecta negativamente los intereses del país.
A través de este amplio abanico de pesquisas, la oficina comercial estadounidense busca elevar la presión internacional sobre gobiernos percibidos como laxos en el combate al trabajo forzoso y subraya la centralidad que esta cuestión ha adquirido en la política comercial y laboral estadounidense, en especial en el período previo a citas clave de su calendario regulatorio y político.
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Irán confirma que disputará el torneo, pero exige garantizar la seguridad de sus jugadores y su 'staff'

Gendarme argentino denuncia golpes y amenazas con picana durante su detención en Venezuela
La ‘Superestrella’ Aitana abre al mundo su 'Cuarto azul'
Rubio y Witkoff se reunieron con líder catarí en Miami para abordar guerra en Irán
(Crónica) El Málaga remonta al Sporting de Gijón para acercarse al tercer puesto del Almería
