El Gobierno prórroga un año más, hasta marzo de 2027, las tarjetas de extranjeros para ucranianos

El Ministerio del Interior amplía automáticamente la validez de los documentos para personas llegadas desde Ucrania bajo protección temporal en España, medida anunciada en el BOE y que afecta a quienes aún no han renunciado a esa cobertura

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Las personas desplazadas desde Ucrania bajo protección temporal en España verán prolongada la validez de sus tarjetas de identidad de extranjero hasta el 4 de marzo de 2027, según comunicó el Ministerio del Interior. La decisión, oficializada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), extiende automáticamente la cobertura a quienes no hayan renunciado a este régimen de protección, afectando a ciudadanos ucranianos beneficiarios de esa normativa tras el inicio del conflicto en su país.

De acuerdo con lo publicado por el BOE, la medida implica que las personas amparadas por la protección temporal en España no tendrán que solicitar un nuevo documento para cumplir las exigencias estipuladas en la normativa española sobre derechos y deberes de extranjeros. La disposición responde a "razones de eficacia y eficiencia", detalló el Ministerio del Interior, dirigido por Fernando Grande-Marlaska, en referencia al artículo 209 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado mediante el Real Decreto 1155/2024 del 19 de noviembre.

El medio BOE recordó que la protección temporal para las personas desplazadas desde Ucrania se activó inicialmente tras el acuerdo europeo alcanzado el 4 de marzo de 2022, cuando el Consejo de Europa adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382. El texto señaló que esta resolución determinaba la existencia de un gran flujo de personas procedentes de Ucrania, lo que motivó la instauración inmediata de la protección temporal en los Estados miembro de la Unión Europea, incluido España.

Originalmente, la protección tenía una vigencia de un año y debía extenderse hasta el 4 de marzo de 2023. Tal como detalló el BOE, desde entonces la medida ha sido objeto de prórrogas automáticas sucesivas, primero hasta el 4 de marzo de 2024, luego hasta el 4 de marzo de 2025 y, posteriormente, hasta el 4 de marzo de 2026. Ahora, la última decisión oficial añade un año más, extendiendo la cobertura hasta el inicio de marzo de 2027.

Según informó el Ministerio del Interior, la prórroga automática evita trámites administrativos adicionales para los titulares de las tarjetas, quienes podrán seguir haciendo uso de sus documentos originales para acceder a los derechos y servicios que garantiza la normativa española y europea para personas desplazadas. Las autoridades precisaron que esta ampliación solo concierne a quienes mantienen vigente su protección temporal, quedando excluidos quienes hayan decidido renunciar, quienes siguen debiendo entregar la tarjeta tal como recoge la legislación.

El Ministerio del Interior comunicará este acuerdo a las instituciones de la Unión Europea, asegurando que el resto de los países miembros conozcan la ampliación de la vigencia de los documentos. El motivo, explicaron desde el ministerio en el BOE, se encuentra en la búsqueda de la seguridad jurídica y el correcto reconocimiento de los derechos de los desplazados ucranianos en territorio español y en relación al conjunto de la Unión.

La extensión de este régimen, reportó el BOE, se fundamenta en el contexto europeo, donde la afluencia de personas desplazadas desde Ucrania como resultado del conflicto bélico ha conducido a una respuesta coordinada entre los Estados miembros para garantizar asistencia y protección internacional. Desde el arranque de la guerra y la aplicación de la Decisión de Ejecución de la UE de marzo de 2022, decenas de miles de ciudadanos ucranianos se han acogido al régimen de protección temporal en España.

De acuerdo con los últimos datos recogidos por el Ministerio del Interior en el BOE, la vigencia automática de las tarjetas de identidad de extranjero facilita el acceso continuado a servicios sanitarios, educativos, sociales y laborales sin que los beneficiarios tengan que afrontar procedimientos de renovación o modificación documental durante el periodo de vigencia de la prórroga.

El anuncio de la prórroga, como aclaró el departamento dirigido por Grande-Marlaska, responde a la necesidad de mantener vigentes las medidas de apoyo para los refugiados ucranianos mientras se mantenga la situación humanitaria derivada del conflicto. Interior insistió a través del BOE en que la aplicación del acuerdo implica que la documentación expedida seguirá siendo válida hasta el 4 de marzo de 2027 para quienes no hayan renunciado, y que la comunicación a las instituciones europeas garantiza la armonización y reconocimiento del estatus de las personas protegidas en el conjunto de la Unión.

El procedimiento administrativo establecido por el Ministerio del Interior descarta la obligación de realizar nuevos trámites mientras dure la prórroga y el régimen de protección temporal siga en vigor. Aquellos que hayan decidido renunciar a esa protección, en cambio, mantienen la obligación legal de entregar su tarjeta de identidad de extranjero, tal como recoge la normativa española.