
La Abogada General de la UE ha pedido este jueves anular la sentencia del Tribunal General por la que se desestimó el recurso de una familia de kurdos sirios contra la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) por un retorno ilegal y considerar a la agencia tan responsable de las comprobaciones como a los Estados miembro.
La familia, retornada en avión desde Grecia a Turquía en una operación conjunta, alegó que Frontex no comprobó si existía una decisión de retorno contra ellos, vulnerando así sus derechos fundamentales, en particular el principio de no devolución, por lo que reclamaron a Frontex una indemnización por daños materiales y morales.
En sus conclusiones, la Abogada General considera que el Tribunal General erró en su apreciación al basarse en que no había un nexo causal entre el supuesto comportamiento ilegal de Frontex y los daños sufridos, sin examinar los demás requisitos para que se genere responsabilidad, por lo que propone al Tribunal de Justicia que anule la sentencia recurrida y devuelva el caso al Tribunal General.
Las conclusiones de la Abogada General no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) pero sus opiniones son tenidas en cuenta en la gran mayoría de las sentencias dictadas por la corte con sede en Luxemburgo.
En este sentido, la Abogada General Capeta concluye que, según la legislación comunitaria, Frontex tiene la obligación de comprobar si existe una decisión de retorno contra todas las personas objeto de una operación conjunta de retorno, lo cual es importante para el cumplimiento de su obligación de garantizar el respeto del principio de no devolución en la ejecución de sus tareas.
En consecuencia, considera que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al declarar que no podía existir un nexo causal entre el comportamiento supuestamente ilegal de Frontex y los daños sufridos.
Además, señala que el hecho de que los Estados miembro sean los responsables principales de los retornos no exime a Frontex de ser también sea considerada responsable de las mismas omisiones. De lo contrario, es posible que Frontex nunca pudiera ser considerada responsable de actos u omisiones ilegales durante las operaciones de retorno.
En opinión de la Abogada General, esto "reduciría indebidamente la responsabilidad de Frontex y pondría en peligro la protección de los derechos fundamentales", por lo que estima que, en los supuestos en los que Frontex y los Estados miembro comparten obligaciones en operaciones conjuntas de retorno, Frontex puede ser considerada responsable de los daños causados por el incumplimiento de dichas obligaciones, aun cuando un país del bloque sea simultáneamente responsable de los mismos daños.
Por tanto, la Abogada General considera que el Tribunal General no podía concluir que no era posible que existiera un nexo causal entre la omisión de comprobación de Frontex y los daños sufridos.
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