
La Coruña (España), 12 feb (EFE).- Un tribunal español ha confirmado que el Pazo de Meirás y las fincas incluidas en su recinto pertenecen al Estado, aunque reconoce el derecho de la familia del dictador Francisco Franco a ser resarcida por los gastos en que incurrió desde 1975 para conservar el inmueble.
Se trata de un palacete de finales del siglo XIX situado en la localidad gallega de Sada (La Coruña, noroeste español) que fue la residencia de verano de Franco, uno de los símbolos de su régimen (1939-1975) y la propiedad más controvertida de la familia.
Un juzgado de primera instancia de La Coruña determinó en septiembre de 2020 que es una propiedad pública a la vista de la demanda interpuesta por el Estado español, pues fue un regalo que se hizo en su momento al jefe del Estado español, entonces Francisco Franco, pero no a éste a título personal.
La sentencia ordenaba a los Franco la devolución del inmueble sin ser indemnizados por los gastos porque consideraba que había sido incorporada al patrimonio familiar "de mala fe".
Sin embargo, los nietos del dictador recurrieron en la Audiencia Provincial de La Coruña, que ahora determina que deben ser compensados.
El tribunal considera que no hay pruebas de que los demandados fuesen conscientes de que el título de propiedad de su abuelo fuese inválido, así que "no se atisba la razón por la que debieran ser conscientes de una supuesta irregularidad en su adquisición".
Y "como tales dueños" han sido tratados hasta ahora por la propia Administración pública. Los magistrados aclaran que, "aunque se diese por cierta la mala fe posesoria en Francisco Franco, no necesariamente se transmite a sus herederos".
Anteriormente, "la Administración nunca los requirió para que entregasen la propiedad de un inmueble que ahora se considera de dominio público".
Finalmente, consideran acreditado que los Franco realizaron "múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento" y, tras el incendio de 1978, "múltiples reparaciones". La cantidad que deberá abonarles el Estado se definirá en la fase de ejecución de la sentencia.
El inmueble había sido vendido, en 1938, a una entidad (la Junta Pro Pazo del Caudillo) que buscaba conseguir el edificio para donarlo como residencia veraniega para el dictador.
Sin embargo, el tribunal avala que la propiedad es del Estado y condena a los herederos a desalojarla. Acuerda declarar inexistente la donación y también decreta nula, por "simulación absoluta", la escritura de compraventa de 1941 por la que supuestamente fue vendida a Franco.
La resolución puede ser recurrida en el Tribunal Supremo español o el Tribunal Superior de Justicia de la región de Galicia.
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