Mientras la ex presidente Cristina Kirchner declaraba en indagatoria, la Cámara Federal de Casación Penal reabrió el caso Skanska, una de las primeras causas de corrupción del kichnerismo.
La Sala IV de Casación, por mayoría, dio por válida una grabación en la que un directivo de la empresa sueca confesaba el pago de sobornos a funcionarios y el uso de facturas falsas.
Los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani votaron por el uso de esa prueba y la reapertura de la causa. La magistrada Angela Ledesma votó en disidencia.
Ahora esa grabación podrá usarse como prueba en la causa por corrupción que tiene a su cargo el juez federal Sebastián Casanello.
En el caso Skanska se investigó el presunto pago de sobornos por parte de la compañía a funcionarios del gobierno de Néstor Kirchner para la ampliación de dos gasoductos.
El juez en lo Penal Económico Javier López Biscayart –quien investigaba el uso de facturas falsas– allanó la empresa y encontró una grabación en un servidor de la compañía en la que el gerente comercial de Skanska Javier Azcárate le reconocía al auditor interno Claudio Corizzo que se había pagado sobornos a Enargas y a Nación Fideicomisos.
Esa prueba fue declarada nula por la Sala I de la Cámara Federal porque consideró que se obtuvo sin control judicial. También sobreseyeron al entonces secretario de Energía de la Nación Daniel Cameron, al interventor del Ente Regulador del Gas (Enargas), Fulvio Madaro y al titular de Nación Fideicomisos, Néstor Ulloa, porque una pericia concluyó que no hubo sobreprecios en las obras de los gasoductos y que por lo tanto no hubo coimas. Los funcionarios habían sido procesados por el juez Norberto Oyarbide.
El entonces fiscal de Investigaciones Administrativas, Manuel Garrido, apeló y el actual titular de ese organismo, Sergio Rodríguez, mantuvo la discusión para que la grabación sea aceptada. La Casación aceptó el planteo de la Fiscalía.
El juez Borinsky señaló en su voto que "las grabaciones efectuadas por particulares, al igual que cualquier otra prueba producida por particulares, no puede considerarse genéricamente ilegítimas o inadmisibles".
Agregó que "Azcárate contó a Corizzo lo que había sucedido sin presiones de ningún tipo, conociendo las consecuencias de sus dichos, pues su relato estaba dirigido a quien la empresa había dado la función de averiuar lo ocurrido".
En el mismo sentido, Gemignani agregó que "la declaración no fue realizada de forma subrepticia, y consecuentemente el contenido de las expresiones, no han sido obtenidas de manera fraudulenta en el procedimiento administrativo de la firma, sino específicamente como parte de un procedimiento de investigación".
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