La nueva Ley contra el Delito del Lavado de Activos incorporó nuevas figuras, entre las que se destaca el castigo contra los testaferros, quienes se pusieron de moda en Honduras tras el escándalo de corrupción en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).
"La lucha contra la corrupción pública y el establecimiento de sanciones más severas para los culpables del blanqueo de dinero son elementos fundamentales que aprobamos en la nueva ley, la que es un requerimiento al Estado de Honduras por el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi)", narró el presidente de la Comisión de Seguridad del Legislativo, Tomás Zambrano, en declaraciones recogidas por La Prensa.
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El año 2015 es crucial, pues la Gafi revisará si Honduras deja de ocupar la lista gris como país no colaborador en el lavado de activos. "Aprobar esta ley es un requisito que debíamos cumplir para la revisión que viene en 2015; es una exigencia internacional. Una de las novedades en esta ley es la autonomía del delito de lavado de activos porque actualmente al llevarle un proceso a alguien tenía que existir otro delito para poder acusarlo de lavado", expresó Zambrano al mismo periódico.
El mismo periódico agrega que en la ley ya se tipifican como delito de lavado de activos todos los ilícitos relacionados con el crimen organizado, delitos de medio ambiente, extorsión, narcotráfico, tráfico de personas, tráfico ilegal de armas, tráfico de órganos humanos, hurto o robo de vehículos automotores, robo a instituciones financieras, estafas o fraudes financieros, secuestro, extorsión, financiamiento del terrorismo, terrorismo, tráfico de influencias, corrupción y delitos conexos.
Asimismo se establece el delito del testaferrato para personas que prestan su nombre para abrir cuentas de banco, adquirir títulos o bienes inmuebles.
En la ley ya se tipifican como delito de lavado de activos todos los ilícitos relacionados con el crimen organizado
Abortaron la reforma que viola el secreto profesional
Honduras dio marcha atrás en la pretensión de violar el secreto profesional para abogados y periodistas, que estaba contemplado en el proyecto de la nueva Ley contra el Lavado de Activos.
Según lo que publicó El Heraldo, el secretario del Legislativo, Mario Pérez, reconoció el error que contiene el dictamen de esa iniciativa y afirmó que se hará la corrección respectiva. "A un profesional no se lo puede obligar a revelar lo que en secreto, en la relación cliente-profesional, se le ha revelado. Eso no se puede hacer y es inconstitucional", comentó Pérez.
También expresó que la relación cliente-abogado, cliente-médico, feligrés-pastor o sacerdote "no se puede violentar". Eso se corrige eliminando esa parte del artículo. "En el caso de los ministros de cultos religiosos, no se puede llamar al padre a que vaya a declarar lo que usted le reveló en confesión y lo correcto es eliminar esa parte".
El Heraldo había publicado hace unos días que la nueva Ley de Lavado de Activos contenía disposiciones inconstitucionales. Es por ese motivo que los legisladores prestaron especial atención y emprendieron el camino de la discusión para modificar esos puntos que contradicen a la Carta Magna.
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