Advierten que el fallo que benefició a la orangutana del zoo no es extensible a todos los animales

Andrés Gil Domínguez, abogado del primate, aclaró que la declaración de "sujeto no humano" lograda no podrá ser pedida para otros habitantes del zoológico. Rechazó las críticas a la Justicia por dedicarse a un primate y no al combate del delito

Reuters 162

En un fallo inédito a nivel mundial, la Cámara de Casación Penal concedió un habeas corpus para "Sandra", la orangutana que vive hace más de veinte años encerrada en el zoo porteño. Por primera vez en la historia, un primate fue considerado por los jueces "sujeto no humano", lo que habilitará a pedir su liberación como próximo paso. Aunque la decisión servirá de antecedente en todo el mundo, advierten que no será extensible a otro tipo de animales.

"Esto sólo se aplica al caso de Sandra y de los grandes primates, que tienen el 96% de identidad genética con los seres humanos", explicó el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien actuó como abogado patrocinante de la asociación que pide el traslado de la orangutana a un santuario en el que pueda vivir en un régimen de semilibertad o "libertad controlada".

Aunque las leyes argentinas no contemplan que los animales tengan derechos similares a las personas, la biología y las ciencias coinciden en que chimpancés, orangutanes y gorilas tienen entendimiento y sentimientos que pueden ser comparados con los de los seres humanos.

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"Esto es un antecedente inédito a nivel mundial. No solamente va a repercutir en este caso, sino que va a generar una gran discusión en términos jurisprudenciales en otros casos, en términos legislativos y en términos filosóficos: ¿qué entendemos filosóficamente cuando hablamos de humanidad?", explicó Gil Domínguez, en una entrevista con el periodista Reinaldo Sietecase en radio Vorterix.

En noviembre de este año, el pedido de habeas corpus presentado por la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (Afada) había sido rechazado por la jueza penal de instrucción Mónica Berdión de Crudo. Pero ahora la Sala II de la Cámara de Casación Penal consideró que se trataba de un "confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad cognitiva".

"A partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, menester es reconocer al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente", consideró el fallo que firmaron los camaristas Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David.

El próximo paso será ahora el pedido para que la orangutana "Sandra" sea liberada y enviada a un santuario. Su abogado no duda que con este fallo no tendrán grandes inconvenientes en conseguirlo, pero advirtió: "Para eso falta, tenemos que pedir las medidas de liberación y después hacer el armado del eventual traslado, que no es una cuestión sencilla".

Por último, Gil Domínguez restó importancia a las críticas que recibió la Cámara de Casación Penal por ocuparse del caso de una orangutana en lugar de dedicarse ciento por ciento al combate del delito. "Sí, hay otros temas urgentes. Pero todo lo que sea ampliación de derechos es bienvenido. Eso no quita que sigamos pensando los temas urgentes", concluyó.

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