Qué pasa con las personas que no van a votar

Quienes no voten deberán concurrir a la secretaría electoral de su domicilio para justificar su abstención. Tendrán 60 días a partir de la elección. Luego, se impondrá una multa. Los trámites que debe hacer el elector.

Télam 162

En la Argentina el voto entre los 18 y los 75 años es obligatorio y por tanto quienes no sufraguen serán considerados infractores al Código Nacional Electoral. Desde este año, la Justicia se comprometió a hacer efectivo el control sobre los infractores y por ello se cambió la forma en la que se comprobará quién votó y quién no.

Aquellos que no puedan sufragar por circunstancias de fuerza mayor, deberán acreditarlo y realizar el trámite correspondiente para no figurar en el padrón de infractores a la ley. De lo contrario, mantenerse como infractores impide ocupar cargos públicos por tres años y acarrea el impedimento de realizar trámites en la administración municipal, provincial y nacional.

Read more!