Así lo resolvió la Corte al declarar improcedente el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Monzer Al Kassar contra el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que confirmó parcialmente la condena del Juzgado Federal Nº 2 y aumentó de 5 a 6 años la pena de prisión.
Al Kassar había sido condenado el 9 de septiembre de 2009 por coautor del delito de falsedad ideológica del "certificado de admisión como residente permanente Nº 237.847, de la Carta de Ciudadanía 933, de DNI para extranjeros y nacionales y de la cédula y pasaporte para naturalizados".
Posteriormente, la Cámara modificó la calificación legal considerándolo partícipe necesario del delito de falsedad ideológica de un certificado de admisión como residente permanente y coautor de la falsedad ideológica de la carta de ciudadanía, de los DNI para extranjeros y nacionales, de la cédula de identidad y pasaporte para naturalizados. Asimismo rechazó el planteo de prescripción de la acción penal.
Ahora, los magistrados Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay juzgaron que el recurso presentado era inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y, en consecuencia, lo declararon improcedente.
En la causa se acreditó que el 18 de enero de 1990, Al Kassar concurrió a las oficinas de la Dirección Nacional de Migraciones y presentó una regularización migratoria con el fin de obtener un certificado de radicación permanente.
Al Kassar declaró bajo juramento que no tenía antecedentes penales ni había sido detenido por ninguna autoridad policial, cuando en realidad, al momento de la presentación registraba antecedentes en Inglaterra, ya que había sido detenido por posesión de estupefacientes en 1974, y en Francia, condenado por la Corte parisina a ocho años de prisión.
Esta falsa declaración posibilitó que el titular de la Dirección General de Migraciones lo admitiera como residente.
Luego, se comprobó que tras obtener ilegítimamente el certificado de admisión como residente permanente el 7 de febrero de 1990, Al Kassar pudo obtener documentación argentina –DNI, cédula de identidad y pasaporte para extranjeros–.
Según las constancias de la causa, con ese mismo certificado, Al Kassar concurrió al Juzgado Federal de Mendoza y presentó aquella carta de residencia ilegítima para tramitar su naturalización y convertirse en ciudadano argentino. Allí aportó la documentación que aparecía formalmente necesaria, refiriendo falsamente que su domicilio real era Severo del Castillo 4707 de Corralitos, Mendoza, y acompañó un certificado policial de residencia emitido por el departamento policial de la citada localidad, que acreditaba que desde hacía dos años y con anterioridad al 17 de enero de 1992 residía en aquel domicilio.
Además, Al Kassar acompañó un contrato de promesa de compraventa de un inmueble que supuestamente había celebrado con Abdón Adur, quien actuaba como apoderado de la firma Pride Trading Corporation. Esta documentación presentada por Al Kassar en el expediente de naturalización de la Justicia andina posibilitó que se le extendiera, el 8 de abril de 1992, la carta de ciudadanía por naturalización.
Una vez ciudadano argentino, Al Kassar asistió al Registro Nacional de las Personas y a la Policía Federal, y luego de aportar la documentación exigida, obtuvo el 9 de abril de 1992 toda la documentación de un nacional.
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