Las correcciones, publicadas en el diario oficial El Peruano, aclaran que la resolución será aplicada en los distritos judiciales donde aún no rige el nuevo Código Procesal Penal y que serán especificados en otra norma.
El decreto 1097 señala que los crímenes contra los derechos humanos deberán ser archivados si en un período de 36 meses, desde que se abre instrucción, no se dicta sentencia. Además, establece que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad "rige para Perú a partir del 9 de noviembre de 2003", cuando el país se adhirió a ese convenio.
Sin embargo, los detractores de la ley coincidían en que la norma otorga impunidad a los militares y policías que cometieron crímenes contra los derechos humanos, ya que la mayor parte de los procesos abarcan hechos cometidos entre 1980 y el 2000.
La fe de erratas publicada hoy agrega que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra rige a partir de 2003, pero "sin perjuicio de los dispuesto por la Convención Americana de Derechos Humanos, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional".
Ex altos jefes militares y miembros del "escuadrón de la muerte" Colina, creado por el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos durante el régimen de Alberto Fujimori, ya han pedido el sobreseimiento de sus procesos por las matanzas emblemáticas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992).
El Ejecutivo envió ayer al Congreso un proyecto de ley para derogar el decreto, 12 días después de su promulgación. El proceso de derogación se podría realizar hoy mismo, ya que el parlamento peruano anunció que realizará un pleno extraordinario para tratar el tema "con carácter de urgencia".