La Ley es aplicable a personas naturales o jurídicas vinculadas con la fabricación, importación, distribución, compra, venta, alquiler y uso de este tipo de juegos de video y juguetes en todo el país.
La legislación considera videojuegos bélicos o programas para computadoras personales y otros dispositivos aquellos que contengan informaciones o simbolicen imágenes que promuevan o inciten a la violencia o al uso de armas.
Las escopetas de juguete de plástico, madera o cualquier otro material también quedan terminantemente prohibidos junto con todo aquello que promueva la violencia o estimule la agresividad entre los niños.
Como juguetes bélicos se definen aquellos que imitan armas utilizadas por la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, seguridad del Estado u otras armas, así como aquellos que estimulan la agresividad o la violencia.