La Justicia reconoció que los asistentes de los golfistas son empleados de los clubes, que obtienen un rédito económico a través del servicio que ellos prestan a sus asociados que practican ese deporte.
La Sala Sexta de la Cámara Laboral, con las firmas de los jueces Beatriz Fontana y Juan Carlos Fernández Madrid, le dio la razón a dos caddies que durante 15 años se desempeñaron en el Campo de Golf José Jurado S.R.L. , que llegado el momento de regularizar la situación laboral dijo ante la Justicia que no los unía con ambos ninguna relación de dependencia.
Los jueces dieron por cierto que ambos caddies "prestaban servicios en el espacio físico de la demandada, que utilizaba sus instalaciones, y que dependían del master caddie, que es quien ordena las salidas con los jugadores".
"Los actores concurrían de martes a domingos, ya que el lunes el club está cerrado? los caddies se encuentran en un ?piecita chiquita? que está dentro del club, que todos los caddies comían juntos en el hoyo 9, que de un lado comían los socios y del otro los caddies y que los actores eran organizados en sus tareas por el ?master caddie? -como el resto de los caddies -que era un dependiente de la demandada", añadieron los camaristas.
En ese sentido, precisaron que "siendo la demandada un club de golf, cabe suponer que su inserción en el rubro depende de los servicios que brinde a quienes practican ese deporte. En ese sentido, no parece descabellado concluir que un servicio relevante para los jugadores lo constituye precisamente la posibilidad de contar con caddies, lo que en definitiva lleva a vincular las tareas de los actores con un beneficio concreto de la aquí accionada".
"La demandada se beneficiaba con la prestación de servicios de los actores, ya que se trata de un club de golf, y está reconocido que los jugadores tenían la facultad de elegir contar con un caddie, por lo que la puesta a disposición de los actores claramente favorecía el desarrollo de la actividad de aquella", abundaron.
Los jueces le dieron la razón a los caddie, quienes se consideraron despedidos ante " la negativa de la demandada para regularizar el debido registro" de la relación laboral, lo que "constituye sin duda injuria grave".
Cada uno de los dos caddies recibirá una indemnización del orden de los 50.000 pesos más intereses a contar desde la ruptura laboral, en 2005.