La polémica central del caso se basó en la pregunta de si un personaje de dibujo animado puede representar a una persona real.
Por su parte la defensa había argumentado que un personaje de ficción en un dibujo animado, que reproduce fielmente la forma humana, no puede ser considerado como el equivalente de una persona real. Por consiguiente, la sentencia previamente emitida de pornografía infantil tenía que ser anulada.
El juez estimó que la animación podría "
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y por lo tanto mantuvo la sentencia de pornografía infantil. En lugar de enviar al acusado a la cárcel lo multó con el equivalente de US$2.000.
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