Los micros, obligados a limitar velocidad

Unos 3.800 ómnibus deberán calibrar su tacómetro en cien kilómetros por hora, como establece la norma de tránsito vigente

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A fin de hacer operativa esta directiva

,

la Comisión Nacional de Regulación del Transporte

(CNRT)

articuló

en forma conjunta con las Terminales Automotrices, fabricantes de chasis para ómnibus y los fabricantes de tacógrafos,

un procedimiento de calibración a realizarse en la Estación Terminal de Omnibus de Retiro.

La CNRT

implementará las medidas

a su alcance

para garantizar que

las unidades afectadas al Transporte por Automotor de Pasajeros de Larga Distancia

respeten en la prestación de los servicios las velocidades máximas

establecidas en la Ley 24.449.



Las Empresas

serán informadas a través de la página web de la CNRT

, de las unidades susceptibles a ser calibradas para limitar su velocidad máxima de circulación.



Asimismo, éstas

dispondrán del plazo que se establece para calibrar las "Centrales Electrónicas"

, de modo que las unidades queden limitadas en su velocidad máxima.



La calibración del Tacógrafo y de las "Centrales Electrónicas" deberán ser realizadas por el fabricante del tacógrafo y chasis, respectivamente, o en los concesionarios o talleres que se habiliten a tal fin.



Concluido el trabajo, la empresa transportista presentará ante la CNRT dichos certificados, los que le serán imprescindibles para la adjudicación de los cupos de gasoil a precio diferenciado.



Por otra parte,

cuando se produzcan siniestros graves

, donde se hallen involucradas unidades afectadas al transporte de larga distancia,

la CNRT pondrá a disposición de la Justicia toda la información disponible relacionada con la calibración de la velocidad máxima de las unidades.