Murió el padre sustituto de un menor en La Pampa

La ciudad de Realicó está consternada por la muerte de Juan Biocca, cuyo estado de salud se agravó desde que se enteró de que la Justicia iba a dar en adopción al niño de 4 años

(NA).- Juan Biocca, el padre sustituto de un niño de 4 años de edad que crió desde poco después de que naciera, y por cuya tenencia venía librando una lucha judicial, falleció en la ciudad de Realicó, donde se encontraba internado desde hace doce días en terapia intensiva, tras sufrir una descompensación cardíaca y respiratoria aguda.

Biocca, de 52 años, murió ayer alrededor de las 11:15 como consecuencia de un paro cardíaco en la Clínica Santa Teresita, donde desde el lunes pasado tras sufrir una descompensación cardíaca y respiratoria.

Según informa hoy el matutino La Arena, de esta ciudad, el hombre padecía una neumonía y su salud se deterioró rápidamente al enterarse de que el niño iba a ser dado en adopción a otra familia, por decisión de la Justicia.

Nacido en abril de 2001 en Ingeniero Luiggi, la criatura había sido entregada por la Justicia a los Biocca, una familia sustituta, hace cuatro años.

Sin embargo, hace un mes el juez de Menores Luis García decidió entregarlo a otra familia, momento desde el cual la población de la localidad de Parera -donde residen los Biocca- salió en defensa de ellos y efectuaron varias marchas de silencio.

Ayer, el propio intendente de Parera, Juan Carlos Olivero, fue a Realicó para estar junto a los familiares de Biocca, y posteriormente el cuerpo fue trasladado hasta la sala velatoria de Parera, donde fue velado para ser sepultado en el cementerio local.

En la lucha que venía manteniendo para conservar la tenencia del menor, la familia Biocca había anunciado hace una semana que recurriría a la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

El abogado Jorge Dosio, que representa a los Biocca, había indicado que "la Convención está incorporada en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y está por encima de cualquier otra normativa inferior".

Dosio había destacado que "en una primera aproximación, nosotros veríamos que al oponerse la legislación aplicable y esto de los registros (de familias adoptivas y sustitutas) a la letra expresa de la Convención, no sería aplicable a este caso concreto".

Read more!