Cristino Nicolaides presenta los manuales contra la guerrilla

Son documentos que revelan los métodos que debían seguirse para luchar contra la subversión, durante los años 70

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(NA)

- El ex jefe del Ejército Cristino Nicolaides presentará ante la Justicia los "reglamentos" que esa fuerza empleó en la lucha antisubversiva, con la intención de deslindar la responsabilidad personal que pudiera haber tenido en violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar.



Nicolaides se encuentra procesado por episodios que ocurrieron en Córdoba durante la década del 70, cuando ocupó la comandancia del Tercer Cuerpo de Ejército, con sede en la capital de esa provincia mediterránea.



En el marco de su defensa, el ex jefe militar presentará manuales operativos hasta ahora no conocidos con las instrucciones que debían seguirse para combatir a elementos subversivos, según se indicó.



De acuerdo con lo señalado por un matutino porteño, los reglamentos que Nicolaides presentará ante la Justicia son varios, los primeros de los cuales son de los años 1968 y 1969, referidos a "Operaciones contra fuerzas irregulares", "Instrucción de lucha contra las guerrillas", "Operaciones contra la subversión urbana" y "Operaciones psicológicas".


 


Al que se le asigna especial importancia, pues se considera que es el que rigió la represión ilegal, es el manual de "Operaciones contra elementos subversivos", aprobado por el general Roberto Viola el 17 de diciembre de 1976 y que deroga a los anteriores.



De acuerdo con el matutino, el reglamento conocido como RC-9-1, de 192 páginas, dice que "la detección de los activistas o subversivos localizados deberá ser una preocupación permanente de todos los niveles de comando".



Se agrega que "ellos deben ser capturados de inmediato en el lugar en que se encuentren, ya sea el domicilio, la vía pública o el trabajo (fábrica, oficina, establecimiento de enseñanza, etcétera). La ejecución de las detenciones será descentralizada al máximo en el ambiente operacional subversivo, que plantea pequeñas y múltiples situaciones fugaces".



"Ante indicios de actividad subversiva, por ejemplo instrucción, sabotaje, terrorismo, propaganda, el comando militar debe resolver atacar de inmediato. El ataque permite aniquilar a la subversión en su inicio y mostrar a la población que las tropas son las que dominan la situación, ejercen el control sobre el territorio y que su accionar tiende a proporcionarles seguridad contra la cual atentan los delincuentes", se puntualiza.



El texta indica que "debe tenerse especialmente en cuenta que el aniquilamiento de la subversión debe ser logrado por la conjunción de las medidas de gobierno y no sólo por el empleo del poder militar".



Añade que "la prioridad de empleo de los medios policiales, de seguridad y militares estarán también en relación con la forma que utilice la subversión, siendo la administración de las fuerzas y de los medios a emplear responsabilidad del comandante de zona, ya sea contra las acciones encubiertas o contra las acciones abiertas de la subversión".



Si bien en los manuales no hay directivas específicas para dar muerte a los "delincuentes subversivos" detenidos en operativos, sí incluye un punto dedicado a acciones abiertas de combates, establecido en el inciso i del capítulo II.



Bajo el título "Aplicación del poder de combate con la máxima violencia", se afirma que "el concepto rector será que el delincuente subversivo que empuña armas debe ser aniquilado, dado que cuando las Fuerzas Armadas entran en operaciones contra estos delincuentes no deben interrumpir el combate ni aceptar rendiciones".



Además, se sostiene que "las motivaciones o pretextos reales o figurados que esgrimen normalmente los elementos de la subversión son, en la mayoría de los casos, de origen político, económico o social; por lo tanto, la solución debe ser encauzada por las mismas vías en que son planteados dichos problemas".



El texto indica que "la confusión que existe en este aspecto surge del error de pensar que los elementos militarizados de la subversión constituyen el problema fundamental, olvidándose de que estos elementos están destinados a respaldar el poder de sus organizaciones políticas".



Asimismo, los reglamentos contienen instrucciones sobre como realizar operativos, y en este sentido se especifica que "será conveniente que durante la investigación de un sindicato, asociación, fábrica, etc., que esté infiltrado o controlado por elementos subversivos, los elementos de investigación sean acompañados por miembros de los mismos, adeptos a la causa legal".



Se señala que "durante la investigación, todos los ocupantes de un edificio, fábrica, etc., deberán reunirse en un lugar determinado y el jefe de la familia, sindicato, etc., acompañará a los elementos legales para evitar cualquier acusación futura de hurto o saqueo".



También se puntualizó que "el control de una manzana urbana consistirá en la permanente vigilancia de las actividades de los moradores de una manzana u otra pequeña área habitada. El mismo será realizado por un elemento de confianza, residente en la misma manzana u otra pequeña área habitada, y que haya sido designado ex profeso".



En otro tramo se establece que "el activista, el perturbador del orden, etc., no será considerado prisionero de guerra y, por tal motivo, no tendrá derecho al tratamiento estipulado en las convenciones internacionales".



"El enemigo interno que provoque el quebrantamiento del orden legal será considerado un delincuente común y sus delitos estarán encuadrados en las leyes civiles y/o militares vigentes", añade el manual.