La SAGPyA moderniza la Ley de Warrant para atender las necesidades del sector

La legislación existente es de 1914. El cambio en la forma de producir y comercializar las producciones generaba el poco uso de la herramienta, que no estaba actualizada a los tiempos del sector

Son el objeto de modernizar la actual ley 9.643 de 1914, de warrant, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos está elaborando un nuevo proyecto con el fin de adecuar la operatoria a las prácticas financieras actuales, sin intención de modificar la esencia de la normativa vigente.

El proyecto de la cartera agraria pretende modernizar el sistema de registración de libros de las empresas autorizadas, adecuándolo a las nuevas herramientas de comunicación ya que la norma no ha sufrido ningún tipo de modificación que contemple los adelantos tecnológicos en materia de manejo de información.

Asimismo, otro punto que se planea modificar es el definir, con estándares adecuados a los tiempos actuales, claramente cuáles son los requisitos con los que deben cumplir las empresas para poder emitir warrant, así como también la jerarquización de las empresas en cuanto a ellos.

Otro punto importante que la secretaría intentará modificar para poder lograr que se incremente el uso de esta herramienta es definir las condiciones que deben tener las pólizas de seguro, buscando elastizar el plazo de vigencia, que hoy es de 180 días, y definir claramente los productos o bienes que pueden estar sometidos a la operatoria, con una visión más abarcativa que la que tiene la legislación de 1914.

El papel de las empresas

Asimismo, la secretaría buscará modificar y redefinir el papel que tienen las empresas emisoras, al vencimiento del contrato, frente a la inacción del acreedor. En este punto, es imprescindible entender que el warrant es un crédito privilegiado, cuya ejecución no se suspende por muerte ni por concurso ni quiebra.

A partir de esto, el problema al que se estaban enfrentando para poder hacer cumplir la legislación, es que, cuando vencían los plazos, en general había dos opciones: o se acordaba una prórroga entre las partes o se ejecutaba. Sin embargo, las entidades financieras optaban siempre por no ejecutar a sus morosos porque les conviene, a mediano plazo, tener deudores.

Por otra parte, en lo que se refiere a las penalidades, los cambios establecerán además un régimen punitivo que contemple distintos grados de infracción.

Este es uno de los puntos más importantes para las empresas que otorgan warrants, ya que ante cualquier incumplimiento de la norma, la ley actual establece que la pena es única, se le quita la autorización para poder operar y otorgar warrants.

Comercialización

El warrant es un instrumento de crédito mediante el cual tanto productores como distintos actores de la producción pueden entregar mercadería en depósito o custodia a una empresa que se encuentra debidamente habilitada por la SAGPyA.

La empresa emisora expide dos certificados, uno de depósito que acredita la titularidad de la mercadería y otro denominado warrant, que le permite obtener el crédito a su titular.

La Secretaría de Agricultura es la autoridad de aplicación de la ley y las modificaciones propuestas ya se encuentran a la vista del secretario Campos.

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