
Germán Castelli, juez del Tribunal Oral Federal 7 de Comodoro Py, presentó un escrito ante la Relatoría Especial sobre la Independencia de Magistrados y Abogados de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para comunicar lo que llamó “el abuso de poder del Consejo de la Magistratura de la Nación (CMN) de la República Argentina” por la resolución del organismo que objetó por irregular su traslado.
Castelli es uno de los diez jueces trasladados -mayormente durante el gobierno de Mauricio Macri- que el gobierno de Alberto Fernández critica porque el trámite judicial no está completo y debe ser aprobado por el Senado de la Nación.
El juez integra el tribunal oral que tiene a su cargo el juicio oral por el caso llamado los cuadernos de la corrupción en el que está acusada la vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner. Llegó a ese cargo en 2018 trasladado desde un Tribunal Oral Federal de San Martín.
En su presentación ante la ONU -a la que accedió Infobae-, Castelli señaló que la situación “pone en riesgo una situación jurídica consolidada que podría derivar en la remoción del suscripto como juez del Tribunal Oral en lo Federal nº 7″. Señaló que su traslado se hizo “acorde la reglamentación vigente y antecedentes de gobiernos de distinto signo político”.
“En 2020 el CMN activó una maniobra con doble cara de ilegalidad. De un lado, por no recurrir a la Justicia, única vía apta para impugnar el acto administrativo del traslado (que no recibió objeciones ciudadanas luego de casi 2 años). De otro, porque el atropello legal tomó la forma de atajo procedimental con argumentos que ocultan la aplicación retroactiva de normas, en colisión con los principios generales del derecho”, agregó en el escrito.
Y concluyó: “El Presidente y la Vicepresidenta, quien preside el Senado, conforman una coalición de gobierno. La Vicepresidenta tiene procesos abiertos por supuestos delitos cometidos al amparo del poder ejercido como entonces Presidenta de la Nación. El Presidente refirió en público su inocencia en uso de su derecho de expresión. Las causas abiertas alcanzan a personas que intervinieron en aquella gestión. Algunos procesos están radicados en el TOF N° 7, donde soy titular. La maniobra ilegal causaría, entre otros efectos, que el suscripto sea apartado como juez natural de esos procesos”.

Junto con Castelli los otros jueces objetados son Zunilda Niremberger, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, Juan Manuel Iglesias, Eduardo Farah, Esteban Hansen, Federico Villena, Enrique Velázquez y María Verónica Skanata.
Como Castelli, Bruglia y Bertuzzi también son jueces de Comodoro Py. Integran la Sala I de la Cámara Federal, tribunal que revisa las investigaciones por corrupción a funcionarios públicos. Bruglia y Bertuzzi presentaron la semana pasada un amparo para que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de la resolución del Consejo que objetó sus traslados.
El Consejo aprobó una resolución en la que consideró que esos 10 traslados están incompletos porque se hicieron sin respetar la Constitución Nacional que establece que toda designación de un juez debe hacerse con el acuerdo del Senado, lo que no ocurrió en esos casos. También que esos traslados se hicieron entre distintas jurisdicciones y para cargos con competencias para las que esos magistrados no habían sido designados. El organismo informó su decisión al Poder Ejecutivo para que analice si envía al Senado los traslados para que sean revisados.
Castelli defendió en el Consejo su traslado. Señaló en dos presentaciones que hizo en el Consejo que su traslado se cumplió con los requisitos que fijaba el reglamento vigente en ese momento, que ya había hecho dos pedidos de cambio a Comodoro Py cinco años antes y que no había sido objetados por su superior, la Cámara Federal de Casación Penal, y que en el Tribunal Oral Federal 7 fue subrogante dos años antes del traslado. También que la Corte Suprema en sus acordadas 4 y 7 estableció que entre tribunales federales no se requería la aprobación del Senado y que en los dos años que lleva en el tribunal 7 no recibió la objeción de ninguna parte por el traslado. Además sostuvo que la decisión generó efectos jurídicos “con pleno cumplimiento del principio republicano de publicidad”.
“Ese cuerpo colegiado no puede tener facultades de revocación respecto de las decisiones que el mismo órgano, en una conformación anterior, ha tomado. Lo contrario implicaría sostener la ridícula posibilidad de que la integración circunstancial y temporal que caracteriza al Consejo de la Magistratura, permita la constante revisión de las decisiones adoptadas por sus predecesores”, sostuvo Castelli sobre el Consejo y pidió la nulidad de la decisión que tomó el organismo.
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