La Sala Penal Especial de la Corte Suprema impuso la medida disciplinaria de suspensión en el ejercicio profesional a Raúl Noblecilla, abogado de Walter Ayala, y lo expulso del juicio contra el exministro de Defensa de Pedro Castillo.
En la primera sesión del juicio contra Ayala por presunto patrocinio ilegal, ligado a las presuntas gestiones para el ascenso irregular de oficiales del Ejército Peruano, Noblecilla exigió la inhibición de los jueces supremos José Neyra, Norma Carbajal e Iván Guerrero, por una supuesta falta de imparcialidad. El argumento fue que supuestamente los magistrados tendrían una animadversión contra él por los incidentes ocurridos durante el juicio contra golpista expresidente Pedro Castillo, donde fue defensa de Betssy Chávez.
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Como se recuerda, debido a las constantes faltas de respeto e impertinencias, en dicho juzgamiento, los jueces suspendieron y expulsaron a Noblecilla.
Hoy, los magistrados Neyra, Carbajal y Guerrero toman la misma medida debido a que el abogado de Walter Ayala, durante la primera sesión de este juicio, volvió a faltar el respeto al tribunal.
Noblecilla utilizó expresiones despectivas e irrespetuosas contra los magistrados, calificándolos reiteradamente como “jueces provisionales” y “magistrados provisionales” con ánimo de ofensa. Asimismo, el abogado afirmó: “mi Poder Judicial sigue estando manejado por provisionales y por operadores que, en vez de buscar justicia, buscan agradar a quienes todavía sostienen el sistema”. El colegiado consideró que estas adjetivaciones y comentarios no solo ofendieron al tribunal, sino a la magistratura nacional en su conjunto.
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Durante dicha sesión, las faltas de respeto no pararon a pesar de las advertencidas de la directora de debates Norma Carbajal. Incluso tuvieron que intervenir sus colegas José Neyra e Iván Guerrero.
El tribunal argumentó que Raúl Noblecilla incumplió los deberes de lealtad, probidad y veracidad, además de realizar actos de obstrucción, perturbación y desobediencia a las disposiciones de los jueces, desviando su intervención hacia temas ajenos al debate y utilizando expresiones descomedidas.
Tras la lectura de la sanción, Noblecilla intentó impugnar la decisión, pero volvió a faltar el respeto a los jueces supremos afirmando que responden a “operadores que los usan”. Antes de ser expulsado, dijo que se retiraba con “la cabeza alta” y “la medalla intacta”.
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El juicio a Walter Ayala
Según la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Walter Ayala se reunió en octubre de 2021 en varias oportunidades con el entonces comandante general del Ejército, José Alberto Vizcarra Álvarez, para solicitarle de manera directa el ascenso al grado inmediato superior de los coroneles Carlos Ramiro Sánchez Cahuancama y Ciro Heriberto Bocanegra Loayza.
El expediente incluye además mensajes de WhatsApp que habría enviado el edecán del entonces ministro, el teniente coronel Youri Paul Hurtado Llanos, al comandante general del Ejército. “Coronel de Infantería Carlos Ramiro Sánchez Cahuancama de la Promoción Enero 1992 ascenso a General de Brigada. Mi Gral me olvidé enviarle este nombre también”, se lee en uno de los textos reenviados que obra en poder de la Fiscalía.
De acuerdo con la tesis fiscal, Vizcarra Álvarez mantenía informado a Ayala sobre el avance del proceso de ascensos y le hacía saber que conservaba mensajes del edecán y del propio presidente con pedidos vinculados al concurso. El edecán, por su parte, entregó al comandante general una lista de nombres con la indicación expresa de que la gestión respondía a un pedido del ministro de Defensa.
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La acusación detalla que, cuando Ayala advirtió que los coroneles recomendados no aparecían en la propuesta institucional de ascensos, llamó por teléfono a Palacio de Gobierno. Acto seguido, él y el comandante del Ejército se trasladaron hasta la sede presidencial, donde Castillo preguntó personalmente por las posibilidades de ascenso del coronel Sánchez Cahuancama.
Ayala buscó frenar el proceso penal mediante tres vías distintas. Primero planteó dos excepciones: una de prescripción, al alegar que el plazo para perseguir el delito ya había vencido, y otra de improcedencia de acción, con el argumento de que conductas como solicitar, preguntar o transmitir nombres vía WhatsApp no configuraban patrocinio ilegal.
El juez Juan Carlos Checkley rechazó ambos pedidos. Determinó que el plazo de prescripción se duplica al tratarse de un delito contra la administración pública, por lo que el caso prescribiría recién en 2029, ocho años después de cometido el hecho. Sobre la segunda excepción, concluyó que los hechos imputados sí revisten carácter potencialmente delictivo.
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En la audiencia del jueves 20 de agosto, el magistrado desestimó también el último recurso de la defensa, un pedido de sobreseimiento. Los abogados de Ayala habían argumentado que la conducta era atípica porque el comandante general del Ejército carecía de facultades para decidir ascensos, una competencia exclusiva de la Junta de Selección, y que la sola solicitud resultaba inidónea para producir un resultado concreto.
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