Cuatro bancadas del Senado presentaron una solicitud formal de remoción por falta grave contra el defensor del pueblo, Josué Gutiérrez, ante la Presidencia de la Cámara Alta. La denuncia fue suscrita de manera conjunta por los voceros de Juntos por el Perú, Buen Gobierno, Ahora Nación y Obras, y se sustenta en dos hechos: las declaraciones del funcionario sobre una eventual disolución del Congreso y un conjunto de contrataciones de personal observadas por la Contraloría General de la República.
Los denunciantes solicitan que la Presidencia del Senado, a cargo del fujimorista Miguel Torres, remita el expediente a la Comisión de Procedimientos Especiales del Senado, a fin de que se le dé trámite al pedido de remoción.
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Como se recuerda, en agosto pasado, Gutiérrez Cóndor se refirió a un eventual cierre del Congreso por parte de la presidenta Keiko Fujimori. Sostuvo que, de producirse esa disolución, “no tendría el respaldo de los 60% que dice según las encuestas tiene respaldo, sino tendría mínimo más de 80% como lo tuvo su padre en su momento”, y añadió que la medida representaría un ahorro presupuestal de “3.000 millones” al año.
La solicitud de remoción sostiene que esas palabras no se limitaron a describir un escenario hipotético, sino que asociaron la disolución del Congreso a un cálculo de conveniencia política y de rendimiento en aprobación ciudadana. Al día siguiente, el 28 de agosto, los cuatro grupos parlamentarios denunciantes emitieron un pronunciamiento conjunto en el que calificaron los dichos como “un atentado contra la Constitución y el equilibrio de poderes”, y agregaron que “cuestionar su existencia o funcionamiento sin respetar el marco legal es una acción antidemocrática”.
El propio Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo solicitó públicamente la retractación de su titular, según consta entre los medios probatorios adjuntados al escrito. El 6 de setiembre, en una entrevista a RPP, Gutiérrez Cóndor ofreció disculpas condicionadas: “Yo no me sentí mal porque es lo más natural en un demócrata criticar [...] pero si lo van a llevar a esa interpretación, yo expreso mis disculpas”, declaró, aunque insistió en que, al no estar sujeto a mandato imperativo, tiene la facultad de “hacer un análisis profundo sobre la realidad nacional”.
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Los denunciantes rechazan ese argumento en el propio texto de la solicitud. Sostienen que la ausencia de mandato imperativo opera como garantía de independencia frente a instrucciones externas y no como una habilitación para ampliar el ámbito material de la función defensorial hacia la deliberación política.
Contrataciones cuestionadas
El mismo 6 de setiembre, Cuarto Poder difundió un reportaje basado en un informe de control de la Contraloría General de la República, según el cual la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano de la Defensoría del Pueblo modificó registros de tiempo de servicio para ajustar perfiles profesionales a los requisitos mínimos exigidos por sus propios instrumentos de gestión.
La solicitud describe un patrón común en los cuatro casos: contacto previo con el despacho del titular de la entidad, sucesión de órdenes de servicio y posterior incorporación a planilla con requisitos no acreditados. Las bancadas de oposición piden que la Comisión de Procedimientos Especiales incorpore de oficio el informe de control de la Contraloría y que se oficie a la Defensoría del Pueblo para que remita los legajos, contratos y registros de visitas correspondientes a las cuatro personas mencionadas.
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De aprobarse la remoción con el voto de dos tercios del número legal de senadores, esta se formalizará mediante resolución legislativa del Senado, se publicará en el diario oficial El Peruano y producirá la vacancia inmediata del cargo. La solicitud pide, además, que se inicie de inmediato el procedimiento para la elección de un nuevo defensor del pueblo.
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