Hoy 15 de mayo es el plazo legal límite para el pago y miles de trabajadores formales en Perú esperan el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) 2026, un beneficio laboral considerado vital para la protección ante el desempleo. Hoy, viernes 15 de mayo es la fecha límite para que las empresas realicen el abono en la cuenta bancaria designada por cada empleado, según las normas vigentes, y el incumplimiento puede acarrear sanciones económicas severas.
¿Qué es la CTS?
La CTS es un derecho que corresponde a todos los trabajadores del régimen laboral privado que laboran al menos cuatro horas diarias. El depósito debe realizarse dos veces al año: en mayo y en noviembre, cada uno cubriendo los periodos laborales de noviembre a abril y de mayo a octubre respectivamente. El objetivo de este beneficio es brindar un respaldo económico en caso de cese, aunque desde la promulgación de la Ley N.° 32322 se permite la libre disposición del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026.
El cálculo del monto que corresponde recibir varía según:
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- El tiempo trabajado y
- La remuneración del empleado.
Para quienes han laborado el semestre completo, el monto equivale aproximadamente a la mitad de la remuneración mensual computable, más la sexta parte de la última gratificación. Así, si un trabajador percibe un sueldo de S/ 2.000 y ha recibido una gratificación similar, el depósito de mayo ascendería a cerca de S/ 1.333,33. Quienes hayan ingresado a la empresa durante el semestre, reciben un monto proporcional a los meses efectivamente trabajados.
En el caso de empleados con remuneración variable, se toma el promedio de los ingresos percibidos entre noviembre y abril, sumando también la sexta parte de la gratificación. El resultado se divide entre doce y se multiplica por el número de meses trabajados. La Cámara de Comercio de Lima (CCL) detalla que este cálculo busca garantizar que el monto refleje fielmente las condiciones laborales de cada periodo.
Plazo legal límite
El cumplimiento de las fechas es obligatorio. Hoy 15 de mayo es el plazo máximo para el depósito correspondiente al primer semestre del año 2026. Si la fecha cae en un día no laborable, el abono debe adelantarse al día hábil inmediato anterior. No existe validez legal para acuerdos que pretendan postergar el pago, ni justificaciones por falta de liquidez empresarial.
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El incumplimiento de este plazo expone a las empresas a multas que pueden superar los S/ 143.000, dependiendo del tamaño de la organización y del número de trabajadores afectados. Según la CCL, la omisión del depósito oportuno constituye una infracción grave, y la falta de entrega de la liquidación detallada, que debe emitirse en los cinco días siguientes al abono, puede generar sanciones adicionales de hasta S/ 84.460. Para las microempresas, las multas parten de S/ 544,50.
Rol de la SUNAFIL
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) supervisa el cumplimiento de esta obligación y cualquier trabajador afectado puede presentar una denuncia si no recibe su CTS en tiempo y forma. La falta de pago genera automáticamente la obligación de abonar intereses por el tiempo de demora, además de las sanciones administrativas.
¿Hasta cuándo se puede retirar el 100%?
El beneficio de la libre disponibilidad de la CTS se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, lo que significa que los trabajadores pueden retirar el 100% de los fondos depositados durante ese periodo. Normalmente, solo el excedente de cuatro sueldos puede ser retirado, pero la medida excepcional busca aliviar la presión económica de las familias peruanas.
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El depósito de noviembre de 2026 se realizará bajo las mismas reglas: tendrá como plazo máximo el día 15 de ese mes y cubrirá el periodo trabajado entre mayo y octubre. Todos los pagos deben realizarse en una cuenta designada por el trabajador en una entidad financiera autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
¿Quiénes no califican?
Algunos trabajadores no califican para este beneficio, como quienes laboran menos de cuatro horas diarias, empleados de microempresas bajo ciertos regímenes o quienes estén fuera del sistema formal. El derecho a reclamar la CTS prescribe a los cuatro años del cese laboral, según la normativa vigente.
Finalmente, los especialistas advierten que ninguna empresa puede alegar motivos de caja para no cumplir con el depósito. Los derechos laborales vinculados a la CTS están protegidos por ley, y su cumplimiento será verificado por las autoridades competentes.
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