La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) dispuso la entrada en funcionamiento del aplicativo informático exclusivo para la atención de solicitudes de adjudicación, donación y destino de bienes, a partir del 4 de mayo de 2026.
Así lo establece la Resolución de Superintendencia N° 000077-2026/SUNAT, oficializada y publicada en el Diario Oficial El Peruano.
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Donaciones: nuevo sistema digital para el trámite de bienes ante SUNAT
Desde el 4 de mayo, entidades públicas, instituciones, comunidades campesinas y nativas deberán utilizar obligatoriamente el aplicativo informático habilitado por SUNAT para ingresar sus solicitudes vinculadas a bienes en proceso de adjudicación, donación o cambio de destino.
El acceso está disponible en la página web institucional, junto con el catálogo actualizado de bienes. “La herramienta busca agilizar, transparentar y hacer más eficiente la gestión de bienes”, según detalla la resolución publicada oficialmente.
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Características y beneficios del aplicativo
El sistema permite a los usuarios realizar el registro automático con la Clave SOL, eliminando la necesidad de trámites físicos. Toda la información requerida se integra de manera digital y los bienes pueden seleccionarse de forma directa desde el catálogo disponible en el aplicativo.
Las solicitudes ingresadas son remitidas automáticamente a la sede correspondiente, lo que facilita la atención inmediata de los requerimientos. “El aplicativo será el único medio válido para la presentación de solicitudes a partir del 4 de mayo”, resalta la norma.
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Exclusividad del canal digital para nuevas solicitudes
La SUNAT precisó que, a partir de la fecha indicada, el aplicativo informático será el único canal habilitado para presentar solicitudes de adjudicación, donación o destino de bienes.
Cualquier solicitud presentada con anterioridad seguirá su curso bajo el procedimiento anterior, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 000031-2025/SUNAT. “Las solicitudes anteriores se tramitarán según el procedimiento vigente en el momento de su presentación”, indica el texto oficial.
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El superintendente nacional, Javier Eduardo Franco Castillo, suscribió la disposición, que entró en vigencia el mismo día de su publicación oficial. “La medida busca brindar un servicio de calidad y transparencia a los usuarios”, señala la resolución respecto a la finalidad del nuevo sistema.
¿Quiénes pueden recibir donaciones deducibles ante SUNAT?
La SUNAT solo reconoce las donaciones como deducibles cuando se realizan a entidades del sector público (excluyendo empresas estatales) o a organizaciones sin fines de lucro previamente calificadas como perceptoras ante la propia administración tributaria.
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Es fundamental verificar la vigencia de la entidad en el registro oficial antes de transferir cualquier bien o monto, ya que solo así la donación podrá ser considerada válida para efectos tributarios. “La donación debe ir a entidades calificadas por SUNAT”, establece la normativa vigente.
Para que una donación sea aceptada como deducible, es obligatorio formalizar el proceso mediante la emisión de un “Comprobante de Recepción de Donaciones”, documento que debe detallar la identidad del donante y la descripción precisa del bien donado.
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En el caso de donaciones en efectivo, SUNAT recomienda que se realicen mediante transferencia bancaria, especialmente cuando los montos superan los 2,000 o 3,000 soles, con el objetivo de garantizar transparencia y trazabilidad. Las empresas pueden deducir hasta el 10% de la renta neta por concepto de donaciones.