Constancia de posesión: para qué sirve, cómo tramitarla y qué cambia tras la simplificación del DNI

El gobierno eliminó la exigencia de copia del DNI para obtener la constancia de posesión, facilitando el acceso de miles de familias al trámite que permite acceder a servicios básicos y avanzar en la formalización de sus viviendas. Conoce en detalle para qué sirve este documento, qué requisitos debes cumplir, dónde se gestiona y en qué casos resulta imprescindible

Varias personas expresan alegría tras recibir sus Constancias de Posesión en una oficina de Cofopri, lo que les permitirá acceder a servicios básicos y formalizar sus hogares. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La constancia de posesión es un documento clave para quienes ocupan un predio sin título de propiedad y buscan acceder a servicios básicos o avanzar en la formalización de su vivienda. Aunque no equivale a un título de propiedad, la constancia acredita que la persona ejerce la posesión de un inmueble, facilitando gestiones ante municipalidades, empresas de servicios y entidades estatales. Con la reciente eliminación de la exigencia de presentar copia del DNI, el trámite se ha simplificado y promete beneficiar a miles de familias en situación de informalidad.

¿Qué es una constancia de posesión y para qué sirve?

La constancia de posesión es una certificación administrativa que acredita que una persona ocupa efectivamente un predio. Es emitida por la municipalidad distrital o provincial donde se ubica el inmueble, tras verificar que el solicitante ejerce la posesión de manera continua y pública. Este documento es fundamental para quienes viven en zonas de expansión urbana, asentamientos humanos o terrenos en proceso de formalización y aún no cuentan con título de propiedad inscrito en Registros Públicos.

Su utilidad principal radica en permitir el acceso a servicios básicos como agua, luz o desagüe. Las empresas proveedoras de servicios exigen este documento para evaluar la factibilidad de instalación en predios informales. Además, la constancia es un requisito frecuente para iniciar procesos de formalización o titulación por prescripción adquisitiva, así como para acreditar la posesión en trámites ante programas estatales de vivienda o ante el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI).

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Es importante destacar que la constancia de posesión no otorga derechos de propiedad ni constituye un reconocimiento legal de dominio. Tampoco es un documento inscribible en Registros Públicos. Sin embargo, sí puede respaldar procesos de prescripción adquisitiva del dominio si se demuestra una posesión continua y pacífica por más de 10 años (o 5 años si hay justo título).

Cofopri activa empadronamiento en varios distritos de Lima e Ica para continuar proceso de formalización. (Foto: Cofopri)

¿En qué ocasiones se utiliza la constancia de posesión?

  • Acceso a servicios básicos: Permite solicitar la instalación de agua potable, luz eléctrica o desagüe en predios informales.
  • Formalización y titulación: Es parte de los expedientes en procesos de formalización de predios y prescripción adquisitiva.
  • Gestiones municipales: Facilita la inscripción en padrones de contribuyentes, pago de arbitrios e impuestos prediales.
  • Postulación a programas sociales: Puede ser requisito para acceder a programas de vivienda o proyectos de mejoramiento urbano.
  • Defensa de la posesión: Sirve como respaldo en eventuales disputas de hecho sobre el uso y ocupación del inmueble.

¿Cómo y dónde se tramita la constancia de posesión?

El trámite se realiza de manera presencial en la municipalidad distrital o provincial correspondiente al lugar donde se ubica el predio. Aunque los detalles pueden variar según la jurisdicción, el procedimiento general comprende los siguientes pasos:

1. Presentación de la solicitud: Acudir a la Mesa de Partes de la municipalidad con un formato único de trámite (FUT), consignando los datos del solicitante y la dirección del predio. Desde abril de 2026, ya no es necesario presentar copia del DNI: basta con indicar el número en la solicitud, conforme al Decreto Supremo 006-2026-VIVIENDA.

2. Entrega de documentos: Junto con la solicitud, se deben presentar:

  • Plano de localización y ubicación del predio (según formato de ley).
  • Acta de verificación de posesión efectiva, emitida por un funcionario municipal y suscrita por los colindantes, o acta policial de posesión en su defecto.
  • Declaración jurada simple de tres vecinos que acrediten la posesión.
  • Declaración jurada de ser poseedor actual.
  • Número de comprobante de pago por la tasa municipal.

3. Pago de la tasa: El costo del trámite suele bordear los S/ 300.00, pagaderos en la caja de la municipalidad. Es fundamental conservar el recibo, ya que será solicitado al momento de la entrega del documento.

4. Recepción del documento: El plazo máximo para la entrega de la constancia es de 15 días hábiles. Si la documentación presenta observaciones, el solicitante puede subsanar y volver a presentar el expediente.

Consideraciones: El solicitante puede presentar reconsideración en un plazo de 15 días hábiles si el trámite es denegado, y la municipalidad tiene hasta 30 días hábiles para resolver la apelación.

Cofopri es un organismo estatal vinculado al Ministerio de Vivienda que se encarga de conducir y asegurar el proceso para convertir terrenos informales en propiedades legalmente reconocidas en el país. Foto: Cofopri

Requisitos actualizados para tramitar la constancia

Tras la publicación del Decreto Supremo 006-2026-VIVIENDA, los requisitos oficiales son:

  • Solicitud simple con nombre, dirección y número de DNI.
  • Plano simple de ubicación del predio.
  • Acta de verificación de posesión efectiva emitida por funcionario municipal y suscrita por colindantes, o acta policial.
  • Declaraciones juradas de vecinos y del solicitante.
  • Comprobante de pago de la tasa municipal.

Ya no se exige la presentación de copia del DNI, medida que agiliza el proceso y responde a la política nacional de simplificación administrativa iniciada con el Decreto Legislativo 1246.

Aspectos clave y recomendaciones

  • La constancia de posesión no es un título de propiedad. Solo acredita ocupación, no dominio legal.
  • El documento tiene vigencia hasta la instalación de los servicios básicos solicitados.
  • No es inscribible en Registros Públicos, pero puede respaldar procesos de formalización y prescripción adquisitiva si se acompaña de otras pruebas de posesión continua.
  • Si existe un notario en la localidad, solo la municipalidad puede emitir la constancia; los jueces de paz solo actúan donde no hay notario.

Antes de iniciar el trámite, es recomendable verificar en Registros Públicos si el predio cuenta con propietario inscrito y asesorarse sobre los pasos para una eventual titulación definitiva.

Simplificación administrativa

La eliminación de la exigencia de copia del DNI para solicitar la constancia de posesión es parte de un paquete de medidas orientadas a facilitar el acceso a la formalidad y los servicios básicos a miles de familias peruanas. El nuevo marco legal, alineado con la Ley 32267 y el Decreto Legislativo 1246, busca reducir barreras en los trámites municipales y promover el desarrollo urbano sostenible, priorizando el derecho a la vivienda digna y los servicios esenciales.

La constancia de posesión es una herramienta fundamental para quienes buscan regularizar su situación habitacional, acceder a servicios básicos y avanzar en el proceso de formalización de la propiedad en el Perú.

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