La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen que propone sancionar a las instituciones públicas y privadas que se nieguen a ceder sus instalaciones a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para instalar locales de votación.
El dictamen plantea modificar el artículo 65 de la Ley 26859, la Ley Orgánica de Elecciones, para obligar a todas las instituciones educativas y universidades, públicas y privadas, a facilitar el uso de sus locales como centros de votación en todo el país durante los comicios.
“Las entidades públicas o privadas cuyos locales sean designados están obligadas a facilitar su uso y a brindar las condiciones necesarias para la instalación y funcionamiento de las mesas de sufragio, desde dos días antes de la elección, a partir de las 16:00 horas hasta las 18:00 horas del día siguiente de los comicios”, se lee en el texto aprobado.
Y es que, actualmente, la norma electoral no establece obligatoriedad alguna, lo que ha provocado que algunos centros educativos nieguen el uso de sus locales. Así lo dio a conocer el jefe de la ONPE, Piero Corvetto, en un informe remitido a la Comisión de Constitución.
Durante las elecciones presidenciales de 2021 la ONPE tuvo que reemplazar 67 de los 11.897 locales inicialmente previstos solo por negativas de los directivos de instituciones educativas.
En las Elecciones 2026 también se negó un grupo de centros educativos. Para octubre de 2025, 176 rechazos a la utilización de locales se concentraron solo en Lima y Callao.
Eventuales sanciones
En caso de que una institución educativa, pública o privada, se niegue a facilitar el uso de sus instalaciones, podría recibir una multa de entre 50 y 100 UIT. Es decir, una penalidad de entre 275 mil y 550 mil soles.
El dictamen aprobado incluye una disposición complementaria final para que no aplique el principio de intangibilidad normativa y la obligatoriedad de cesión rija desde el día siguiente de la publicación en el diario oficial el Peruano.
Así, si el Congreso aprueba la ley en el Pleno y el Ejecutivo promulgue la norma, la ley podría aplicarse en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026 y las Elecciones Municipales y Regionales 2026.
Dictamen aprobado
El dictamen del proyecto de ley fue aprobado por mayoría en la Comisión de Constitución del Congreso. Fueron 13 votos a favor y dos abstenciones.
Respaldaron la propuesta los congresistas Luis Aragón, Patricia Juárez, Martha Moyano, Alejandro Muñante, Noelia Herrera, Wilson Soto, Jaime Quito, Gladys Echaíz, Ruth Luque, Margot Palacios, Juan Lizarzaburu, María de Carmen Alva y Raúl Espíritu. Las abstenciones fueron de Digna Calle y Esdras Medina.
El texto también prohíbe que sean locales de votación inmuebles de propiedad de candidatos, autoridades o de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad.
Texto modificado
El dictamen inicial proponía que también se consideren los locales del Poder Judicial como centros de votación. Sin embargo, ante una observación de Gladys Echaíz, este extremo fue retirado porque en estos locales se encuentran expedientes con información sensible de investigaciones en trámite.