La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) publicó este jueves 22 la resolución que establece el procedimiento obligatorio para que las microempresas accedan a cursos de capacitación virtual tras cometer una infracción tributaria por primera vez.
La medida responde a la reforma aprobada por el Congreso en mayo de 2025, con la Ley 32335, que modificó el Código Tributario para que la SUNAT imponga primero la asistencia a un curso antes de aplicar sanciones tradicionales.
La norma, cuestionada desde sus orpigenes por sobrecargar el rol de la Administración y crear una cultura de elusión, busca que la administración tributaria asuma un rol pedagógico antes que sancionador.
SUNAT exige a microempresas completar curso virtual para evitar sanciones tributarias
La ley y la resolución de SUNAT establecen que este beneficio es exclusivo para microempresas, es decir, negocios con ventas anuales de hasta 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), sin importar el régimen tributario.
Quedan excluidas las empresas cuyos titulares o socios tengan condenas por delitos tributarios o aduaneros. Además, SUNAT debe publicar tutoriales sobre cada infracción en su portal web, como parte de una política de orientación masiva.
El instructivo oficial difundido por SUNAT detalla el siguiente proceso para las microempresas detectadas en falta por primera vez:
- Notificación: La SUNAT comunicará la infracción y la obligación de asistir al curso mediante el buzón electrónico del contribuyente en la plataforma SUNAT Operaciones en Línea.
- Modalidad: El curso será virtual y asincrónico en la mayoría de los casos, aunque existen excepciones presenciales para situaciones específicas.
- Acceso: La microempresa recibirá en la notificación la dirección web, usuario, contraseña y el periodo habilitado para acceder al curso, que será de cinco días hábiles, sin posibilidad de prórroga.
- Contenido: El material instructivo estará personalizado según el tipo de infracción y podrá ser descargado desde la plataforma.
- Certificación: Para acreditar la asistencia, la empresa deberá completar el curso, desarrollar una actividad final y descargar la constancia de capacitación, documento clave para demostrar el cumplimiento de la medida y evitar la sanción.
- Sanción en caso de incumplimiento: Si la empresa no accede o no finaliza el curso en el plazo establecido, se aplicará la sanción prevista en el Código Tributario.
- Limitación: La capacitación solo podrá exigirse una vez por cada tipo de falta.
¿Riesgo de evasión tras nueva indulgencia fiscal para microempresas?
Sin emargo, existe una controversia respecto a si la reforma debilita la recaudación y la disciplina fiscal. El nuevo esquema incentiva la evasión y la subdeclaración, ya que la consecuencia firme ante una primera falta desaparece.
Durante su debate en el Congreso, el propio Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sostuvo que la propuesta genera competencia desleal, al permitir que algunos contribuyentes posterguen sanciones a través de un simple curso, mientras otros cumplen desde el inicio.
Esta dinámica desincentiva el cumplimiento voluntario y mina la confianza en el sistema tributario. También alienta el denominado “enanismo fiscal”, una práctica por la cual contribuyentes de mayor capacidad económica se inscriben fraudulentamente como microempresas o subdeclaran su tamaño real para acceder a beneficios y eludir controles.
Según diversos especialistas consultados por Infobae Perú, la falta de consecuencias firmes envía el mensaje de que el fraude no es grave, perjudicando a los contribuyentes honestos y debilitando las finanzas públicas.
Cuando le digan que las MYPES representan casi la totalidad de empresas en Perú, es mentira: son las micro
El Ministerio de la Producción (Produce) publicó en 2024 el informe “Las Mipyme en Cifras”, donde describe a las microempresas como la base numérica del tejido empresarial del Perú, aunque con severas debilidades estructurales.
Estos negocios representan el 94,4% del total de Mipyme y el 93,8% del universo de empresas formales. Más del 85% se dedican a comercio y servicios, y el 71,1% del empleo privado depende de ellas. La informalidad es crítica: el 89,7% de los empleos generados por microempresas son informales.
- Microempresas: 2 millones 201.422 (93,8%)
- Pequeñas empresas: 124.704 (5,3%)
- Medianas empresas: 5.047 (0,2%)
Su productividad laboral equivale solo al 4,3% de la de una gran empresa y su participación en el valor agregado nacional es marginal, apenas el 5,4%. El 44,8% están conducidas por mujeres, se concentran en Lima y la Costa, y suelen operar como negocios unipersonales o familiares.
Solo el 25,9% accede al financiamiento formal y su supervivencia es frágil, ya que más de la mitad no supera la primera década de vida. Por ello, y pese a su peso en empleo y número, las microempresas solo aportan el 6,5% de las ventas empresariales y participan marginalmente en exportaciones e importaciones.
Además, subsiste otro escollo que podría representar un escollo para la efectividad de los cursos de capacitación de la SUNAT: según el el informe, la tecnología y la innovación digital aún son escasas entre las microempresas, con usos limitados a redes sociales para ventas puntuales.
- La tasa de mortalidad acumulada a los 3 años: 27,9% de microempresas creadas cierran antes de cumplir 3 años.
- Al décimo año, sólo permanece el 35% de las empresas; 65% ya salió del mercado.
- En la cohorte 2007–2024, más de la mitad de las microempresas no sobreviven 10 años.
SUNAT: microempresas afrontan nueva política de exención de sanciones
De esta manera, la reforma exige a la SUNAT transformar parte de su función sancionadora en una labor educativa, en un contexto donde la informalidad y la baja productividad marcan el día a día de las microempresas.
El reto para el sistema tributario es considerable: las voces técnicas insisten en que la pedagogía no puede sustituir la firmeza de la ley, sobre todo cuando el segmento beneficiado muestra alta informalidad, baja contribución fiscal y elevada rotación.
La medida, implementada tras una demanda creciente de alivio para las microempresas, refleja la tensión entre la necesidad de fortalecer el tejido emprendedor y la urgencia de preservar la equidad y la recaudación en el sistema tributario nacional.