En busca de garantizar la seguridad de sus vecinos y reducir la actividad delictiva en la ciudad, el alcalde de Independencia, Alfredo Reynaga, prohibió que dos personas circulen a bordo de una motocicleta dentro de su distrito.
En diálogo con Infobae Perú, el burgomaestre confirmó que la ordenanza municipal deberá salir publicada en las próximas horas en el diario oficial El Peruano para que, a más tardar, entre en rigor desde el miércoles 16 de octubre.
De acuerdo a sus palabras, no trata de estigmatizar ni criminalizar a la comunidad de motociclistas de Lima Metropolitana, sino que él, junto a su Consejo Municipal, se vieron orillados a optar por esta medida ante la alta tasa de criminalidad en la que se ve sumergida su jurisdicción —que ya se encuentra en medio de un estado de emergencia—.
“Hasta ahora no hemos percibido un cambio o una mejora en la lucha contra la delincuencia, es por ello que creímos conveniente contribuir con un instrumento legal, como lo es la ordenanza municipal. Creemos que esto de alguna manera puede disminuir o prevenir acciones de extorsión o sicariato a través de estos delincuentes en motos lineales”, agregó.
Que prohibición sea en toda Lima Metropolitana
Esta ordenanza municipal no solo ha sido aprobada en Independencia. Alfredo Reynaga indicó que los alcaldes de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón ya aplicaron la misma normativa y solo faltarían los distritos de San Martín de Porres, Comas y Carabayllo, que se encuentran “afinando los últimos detalles para que en estos días aprueben dicha norma”.
“Es el compromiso que asumieron los integrantes de la Mancomunidad de Lima Norte. Todos van a cumplir su acuerdo”, sostuvo el burgomaestre.
Sin embargo, sus intenciones no quedarían allí. Según reveló a este medio, su objetivo, y el de sus homólogos del norte de la ciudad, es que se prohíba el tránsito de dos personas en moto en toda Lima Metropolitana.
“Nuestra idea, el fin que se tiene, es que toda Lima Metropolitana prohíba el tránsito de dos personas en moto. Es el espíritu de la norma, que sirva como un instrumento para que la Policía Nacional tenga una nueva herramienta”, acotó.
¿Medida anticonstitucional?
Al ser consultado sobre la legalidad de esta medida, el burgomaestre de Independencia negó que se estén quebrantando derechos constitucionales y argumentó que la declaratoria de estado de emergencia avala la restricción del libre tránsito.
Sin embargo, Cynthia Yamamoto, especialista en temas de transporte, explicó que “el estado de emergencia restringe ciertos derechos que son impuestos por el Poder Ejecutivo y que no pueden ser modificados por una municipalidad distrital”.
“Además, los distritos tienen vías que son de competencia metropolitana, como pueden ser avenidas arteriales, colectoras, expresas, entre otras que son competencia de la Municipalidad de Lima. Y respecto de ellas la municipalidad distrital no tiene competencia. Por lo que una restricción como la que quieren hacer en Independencia solo podría aplicarse, en el caso de que se aplique, en vías distritales, que son las mínimas”, continuó.
Tribunal Constitucional
Mientras no se declare su inconstitucionalidad, las leyes municipales pueden estar vigentes. “Que sea constitucional o no, ya depende del Tribunal Constitucional (TC). Este solo responde a una demanda de constitucionalidad que no cualquiera la puede presentar, sino que tiene que ser, por ejemplo, un grupo que consiga al menos el 1% de firmas de la jurisdicción, la Presidencia del Consejo de Ministros, un colegio profesional o un alcalde provincial”, finalizó.