Alberto Otárola no descarta acción de inconstitucionalidad contra ley de nombramiento automático de docentes

Titular de la PCM aseveró que el proyecto legislativo a favor del nombramiento de profesores sin evaluación afecta la caja fiscal y meritocracia.

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Titular de la PCM aseveró que la iniciativa aprobada en el Legislativo atenta contra la meritocracia.

El presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, expresó su rechazo a la ley que permite el nombramiento automático de docentes contratados y adelantó que evalúan presentar una acción de inconstitucionalidad.

Desde la base contraterrorista Valle Esmeralda, en Junín, el premier sostuvo que la iniciativa aprobada el último miércoles 21 de junio por el Pleno del Congreso —con 80 votos a favor, 28 en contra y seis abstenciones— afecta gravemente el sistema educativo.

En ese sentido, precisó que, tras observarla y de ser aprobada por insistencia, no descartan elevar el caso al Tribunal Constitucional (TC) para que “defina el rumbo de estas normas que requieren más reflexión y ser estudiadas con mayor detenimiento”.

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El titular de la PCM advirtió que la medida afecta la caja fiscal y meritocracia docente.

“Creo que tenemos que buscar un equilibrio, cuando una ley es expedida por el Congreso de la República, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de observarla o no, y si se observa no es un capricho. Si se observa va aparejada de un informe técnico que viene de los sectores competentes para la efectivización de esa norma”, agregó.

Al respecto, la titular del Ministerio de Educación, Magnet Márquez, ya había adelantado que la norma sería devuelta por el Ejecutivo e instó a los parlamentarios a reflexionar y velar por la calidad educativa de los estudiantes en el país.

“Entiendo que el argumento ha sido reconocer el trabajo de los profesores contratados, pero nosotros para nombrar docentes hacemos un concurso donde participan más de 300 mil personas, entonces de ahí seleccionamos a los mejores profesionales. No digo que los contratados no están capacitados; sin embargo, creo que deberíamos brindar igualdad de oportunidades”, declaró la ministra.

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Añadió que desde el Ejecutivo se busca generar un espacio para que el Congreso pueda reflexionar sobre esta medida y se pueda tomar acciones. (...) Espero realmente que todos nos unamos para lograr una educación de calidad, para acortar y no ahondar brechas con normas como esta”, agregó.

La titular del Minedu acudió al Congreso y expresó su preocupación por la ley aprobada.

“Ley desincentiva el esfuerzo de los maestros”

El Consejo Nacional de Educación (CNE) también emitió un comunicado en contra de la iniciativa y exhortaron al Congreso reconsiderar su aprobación por “atentar contra la necesaria meritocracia magisterial”.

Cabe mencionar que la ley presentada por el parlamentario Pasión Dávila (Bloque Magisterial) pasó previamente por la Comisión de Presupuesto y la Comisión de Trabajo, pero no fue debatida por la Comisión de Educación.

La entonces titular de la Comisión de Trabajo, Sigrid Bazán (Cambio Democrático), justificó la iniciativa argumentando que busca reducir la incertidumbre de los maestros respecto a su puesto de trabajo. Mientras que el titular de Presupuesto, José Luna Gálvez (PP), se limitó a precisar que no demandará recursos adicionales al tesoro público, pues se ejecutaría con presupuestos institucionales del Minedu y gobiernos regionales.

Titular del grupo de trabajo parlamentario para el periodo anual de sesiones 2022-2023.

Los partidos y número de congresistas que votaron a favor fueron los siguientes: Perú Libre (15), Acción Popular (12), Bancada Magisterial (10), Cambio Democrático (9), Alianza por el Progreso (8), Podemos Perú (7), Perú Bicentenario (6), Somos Perú (4), Avanza País (2), Renovación Popular (2) y no agrupados (5).

¿Quiénes pueden acogerse a la ley?

De acuerdo al texto, la medida alcanza a los docentes que, “a la entrada en vigor de la presente ley, cumplan tres o más años de contrato vigente acumulado hasta la actualidad; o, tres o más años de contratación acumulada. Además, quienes hayan accedido a la plaza del contrato mediante concurso público, si es que la plaza a la que aspira para el nombramiento está vacante y formalmente presupuestada”.

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