
En el clásico discurso en el Primer Congreso de la Lengua Española Gabriel García Márquez se refirió al poder de la palabra, a su imperio, al poder trasformador y su trascendencia histórica. Cuantas cosas pueden cambiar con las palabras. Y cuantas realidades pueden transformarse cuando éstas quedan plasmadas en un texto legal.
El poder de una decisión legal que modificó miles de existencias se encerró en este párrafo: "Es indispensable para la existencia del matrimonio el pleno y libre consentimiento expresado personalmente por ambos contrayentes ante la autoridad competente para celebrarlo. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
Así la ley 26.618, establece con estas simples y tan significativas líneas aprobadas hace 9 años atrás el derecho de dos personas del mismo sexo a celebrar matrimonio ante la ley. Ese es el texto en que hace casi una década se reconoce el justo derecho a la unión entre personas. Adquiriendo por ello, todos y cada uno de los derechos y obligaciones derivados de ella. En una construcción colectiva, primero de reconocimiento de derechos y luego en su aplicación plena con la aprobación de la norma, se cerraba un ciclo en donde la realidad no era compatible con el dictado de la ley.
Simpleza que se ve al reemplazar "hombre y mujer" por "contrayentes" y con ello implicó el derribo de una estructura histórica de un instituto que fue en siglos pétreo e inmutable. Una de las modificaciones en el derecho de familia más significativo desde la sanción del código civil sin dudas alguna.
Derribando el mismo núcleo de la concepción tradicional del matrimonio: la igualdad de sexos como requisito para la celebración. Basado precisamente en la no discriminación, en la igualdad de las personas y fundamentalmente en la dignidad humana de que todos y todas ante la ley. Nuestra Carta Magna así lo contemplaba en varios de sus artículos al consagrar la igualdad de todos los habitantes ante la ley.
Este cambio abrió las puertas para que miles de personas pudieran ser reconocidas ante la ley en su matrimonio. Argentina se podía a la vanguardia de estos derechos siendo el primer país de América Latina en sancionar una ley así. Debemos recordar las históricas luchas por la igualdad y respeto igualitario y las décadas de compromiso, que las organizaciones sociales defensoras de la diversidad sexual tuvieron este logro y que fueron parte de un reconocimiento que celebramos.
Pero también debemos recordar la persecución, la incomprensión y discriminación que miles de argentinas y argentinos padecieron. Y el compromiso de jueces de diversas jurisdicciones de nuestro país, que con sus interpretaciones dieron claros argumentos para derribar visiones sesgadas y parciales ante los justos reclamos en la celebración del matrimonio igualitario. Hoy otros países tomaron la ley como ejemplo a seguir.
Esta lucha de hombres y mujeres que bregaron por este reconocimiento da lugar a un país en donde las diferencias por orientación sexual deben quedar atrás. El camino continúa en la plena aplicación de esta norma. En borrar las falsas barreras divisorias para que todos seamos iguales ante la ley en el respeto, la inclusión y el reconocimiento. Las sociedades avanzan cuando plasman y receptan en sus normas los cambios fundamentales, como lo hizo la Ley de Matrimonio Igualitario, cuyo aniversario hoy celebramos.
El autor es el Interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
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