Durante agosto de 2026 continuará el proceso obligatorio de vinculación de líneas celulares con la Clave Única de Registro de Población (CURP), un trámite que deberán realizar los usuarios de telefonía móvil de prepago que aún no han registrado su número.
De no cumplir con el calendario establecido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), las compañías telefónicas podrán suspender el servicio de llamadas, mensajes, datos móviles e incluso impedir las recargas.
Para este mes, el calendario contempla dos grupos de usuarios: quienes tienen un número cuya terminación es 0, con fecha límite al 15 de agosto, y aquellos cuya línea termina en 1, cuyo plazo vence el 31 de agosto.
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¿Quiénes deben hacer el trámite y quiénes están exentos?
La obligación aplica únicamente para las líneas de prepago, es decir, aquellas que funcionan mediante recargas y que todavía no están asociadas a un titular.
En cambio, quedan exentos los usuarios que ya cuentan con un plan de renta o pospago, debido a que su información fue registrada al momento de contratar el servicio. Tampoco deben realizar el procedimiento las líneas destinadas exclusivamente a la transmisión de datos ni los números autorizados para servicios de emergencia.
Fechas clave del calendario de registro:
- Terminación 0: hasta el 15 de agosto de 2026.
- Terminación 1: hasta el 31 de agosto de 2026.
- Terminación 2: 15 de septiembre.
- Terminación 3: 30 de septiembre.
- Terminación 4: 15 de octubre.
- Terminación 5: 31 de octubre.
- Terminación 6: 15 de noviembre.
- Terminación 7: 30 de noviembre.
- Terminación 8: 15 de diciembre.
- Terminación 9: 31 de diciembre.
Cómo registrar la línea celular con la CURP
El trámite es gratuito y debe realizarse directamente con la compañía telefónica, no con el Gobierno federal.
Los usuarios pueden completar el registro desde el portal o la aplicación oficial de su operador o acudir a un Centro de Atención a Clientes.
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Para ello deberán presentar una identificación oficial vigente, como la credencial para votar o el pasaporte, además de proporcionar su CURP.
En algunos casos, el procedimiento en línea incluye una validación de identidad mediante fotografías del documento y una prueba de vida realizada con la cámara del teléfono.
La CRT recordó que las empresas únicamente conservan la información necesaria para asociar el número con su titular, mientras que las imágenes utilizadas para la verificación deben eliminarse una vez concluido el proceso.
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¿Qué pasa si no registras tu línea antes de la fecha límite?
Una vez vencido el plazo correspondiente a cada terminación, las compañías telefónicas tendrán hasta 72 horas para suspender las líneas que no hayan sido vinculadas.
Durante la suspensión, los usuarios únicamente podrán realizar llamadas a números de emergencia, contactar a su operador telefónico y recibir alertas oficiales, como las de sismos.
El servicio completo será restablecido una vez que el titular concluya el registro.
La suspensión no cancela cuentas bancarias, pero sí puede afectar la banca digital
Aunque el incumplimiento del registro no implica el cierre de cuentas bancarias ni la pérdida del dinero, sí puede generar dificultades para utilizar aplicaciones financieras.
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Muchas instituciones bancarias envían códigos de verificación por mensaje SMS o utilizan el número celular para confirmar transferencias, autorizar ingresos desde nuevos dispositivos, recuperar contraseñas y validar la identidad del cliente.
Si la línea permanece suspendida, estas funciones podrían verse limitadas hasta que el usuario complete la vinculación.
La CRT informó que, hasta finales de junio, ya se habían registrado 63 millones de líneas, de las cuales 40.2 millones corresponden a prepago y 22.8 millones a pospago.
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La medida busca que cada número telefónico esté asociado a una persona identificable para fortalecer el combate a delitos como el fraude y la extorsión, al tiempo que México se alinea con una práctica implementada en más de 160 países.