La jubilación anticipada del ISSSTE en 2026 no afecta el monto de la pensión para quienes cotizan bajo el régimen de Décimo Transitorio y cumplen los requisitos de edad y años de servicio.
Sin embargo, la respuesta cambia radicalmente según el régimen en que se encuentre cada trabajador: quienes optaron por Cuentas Individuales (AFORE) o pertenecen a organismos paraestatales enfrentan condiciones distintas, y en algunos casos, recortes de hasta el 79% de su pensión por una reforma constitucional publicada en abril de 2026.
La legislación vigente establece dos marcos normativos que coexisten y se aplican de forma diferenciada. Entender cuál corresponde a cada trabajador es el primer paso antes de planear cualquier retiro.
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Décimo Transitorio: sin descuento si se cumplen los requisitos
Para los trabajadores del sector público que permanecieron en el sistema tradicional del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) —es decir, quienes estaban activos antes del 1 de abril de 2007 y no migraron al sistema de cuentas individuales—, la jubilación anticipada en 2026 no implica reducción alguna en el monto de la pensión.
Según información del Diario Oficial de la Federación (DOF) y fuentes institucionales, el monto puede alcanzar el 100% del sueldo básico del último año trabajado, siempre que se acrediten los años de servicio exigidos.
Los requisitos en 2026 bajo este régimen son precisos: las mujeres deben tener al menos 56 años de edad y 28 años de servicio cotizados; los hombres, 58 años de edad y 30 años de servicio.
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El ISSSTE advirtió que no basta con cubrir los años laborados: si el trabajador no ha alcanzado la edad mínima, el sistema bloquea automáticamente el acceso a la pensión por jubilación mediante la verificación electrónica del expediente.
El decreto de Sheinbaum y el calendario hasta 2034
Un decreto presidencial publicado en el DOF en junio de 2025 detuvo el aumento progresivo de la edad mínima que la reforma del ISSSTE de 2007 había programado. Sin esa intervención, las trabajadoras habrían necesitado esperar hasta los 57 años en 2026.
Con el decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la edad quedó congelada en 56 años para el periodo 2025-2027 e inició un calendario de reducción gradual.
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Las edades mínimas para mujeres serán: 56 años entre 2025 y 2027, 55 años entre 2028 y 2030, 54 años entre 2031 y 2033, y 53 años a partir de 2034. Para hombres: 58 años hasta 2027, 57 entre 2028 y 2030, 56 entre 2031 y 2033, y 55 años desde 2034.
En todos los periodos se mantiene la exigencia de 28 años de cotización para mujeres y 30 para hombres. El beneficio es nacional y vigente desde enero de 2026, pero aplica exclusivamente para la modalidad de pensión por jubilación, no para cesantía en edad avanzada ni para pensiones por invalidez o viudez.
Cuentas Individuales: monto variable y complemento del Bienestar
Los trabajadores que en 2007 optaron por migrar al sistema de Cuentas Individuales (AFORE ISSSTE) no quedan comprendidos en el decreto de reducción de edad. Para este grupo, el monto de la pensión depende del saldo acumulado en la AFORE y no de un porcentaje fijo del sueldo.
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Quienes deseen retirarse antes de los 60 años bajo este esquema deben acreditar un mínimo de 1,250 semanas cotizadas, contar con saldo suficiente para adquirir una renta vitalicia y que esa renta supere en más del 30% la pensión mínima garantizada, además de cubrir el seguro de sobrevivencia para beneficiarios.
Para compensar pensiones bajas en este régimen, el gobierno federal opera en 2026 el Fondo de Pensiones para el Bienestar, un complemento que cubre la diferencia cuando la pensión calculada por la AFORE resulta menor a $17,364 pesos mensuales.
El mecanismo no sustituye la pensión original ni elimina los requisitos mínimos de cotización; la incrementa hasta ese tope y se actualiza cada año conforme a la inflación. Si el monto calculado ya alcanza o supera ese límite, no hay ajuste adicional.
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La reforma al artículo 127 y el tope a pensiones de paraestatales
El escenario más conflictivo de la legislación de 2026 involucra a jubilados de organismos paraestatales. La reforma al artículo 127 constitucional, impulsada por Sheinbaum y publicada en el DOF el 10 de abril de 2026, limitó a $67,145 pesos netos mensuales las jubilaciones del personal de confianza de entidades como la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex) y Banobras, entre otras.
El techo equivale al 50% del salario neto de la titular del Ejecutivo Federal, calculado sobre un sueldo bruto de $193,706 pesos y neto de $134,290 pesos vigentes en 2026.
La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación y se aplica también a pensiones ya otorgadas, lo que derivó en protestas y amparos en todo el país.
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Según José García, de la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Pensionados, la afectación oscila “entre el diez y hasta el sesenta por ciento” para trabajadores que cotizaron entre 30 y 40 años. En total, unos 93,000 jubilados de Pemex, CFE y Banobras reportan recortes de entre el 10% y el 79% de sus ingresos.
Amparos, suspensiones y diálogo con el gobierno
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con sede en Monterrey, ordenó el 11 de mayo de 2026 suspender los descuentos a las pensiones de 15 jubilados de CFE, al determinar que reducciones superiores al 50% generan un daño económico y psicológico grave en adultos mayores. La suspensión permanece vigente mientras los órganos jurisdiccionales de la Ciudad de México resuelven los amparos en definitiva.
En la Ciudad de México, tres jueces federales desecharon las demandas de amparo al sostener que los cambios constitucionales no pueden ser impugnados por esa vía, aunque reconocieron que la reforma afecta derechos adquiridos.
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El 28 de mayo de 2026, por instrucción de Sheinbaum, la secretaria de Gobernación Rosa Icela Rodríguez y la consejera jurídica de la presidencia Luisa María Alcalde se reunieron con representantes de jubilados inconformes de CFE, Pemex y Banobras para escuchar sus planteamientos.
La presidenta había advertido previamente que ningún jubilado que perciba menos de $70,000 pesos al mes debería sufrir descuentos injustificados y anunció una revisión de casos de Pemex tras conocer directamente el recibo de un trabajador durante una de sus giras.
Qué pensiones quedan excluidas del tope constitucional
La reforma al artículo 127 no es universal. Quedan fuera del tope las Fuerzas Armadas, las pensiones generadas por aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro con cuentas individuales, las financiadas por aportaciones sindicales en esquemas de ahorro complementario y la pensión no contributiva del artículo 4° constitucional.
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El gobierno federal estima que la medida generará ahorros anuales cercanos a $5,000 millones de pesos, con una reducción del pasivo laboral de las empresas productivas del Estado.
Trámite para jubilarse en 2026 bajo el Décimo Transitorio
Quienes cumplan los requisitos del régimen Décimo Transitorio pueden iniciar el proceso hasta tres meses antes de alcanzar la edad mínima. El trámite comienza con la solicitud de la Hoja de Datos de Servicios en oficinas del ISSSTE o a través del portal de PENSIONISSSTE.
Los documentos obligatorios son: identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio, estado de cuenta bancario y hoja de servicios.
El ISSSTE advirtió a los trabajadores revisar su historial laboral con anticipación y evitar gestores externos para no caer en fraudes o retrasos en el proceso.