SAT Declaración Anual 2025: inicia hoy 1 de abril el trámite para personas físicas

El periodo para cumplir con la obligación fiscal abarca del 1 al 30 de abril

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Este 1 de abril inicia la declaración anual para personas físicas.
Este 1 de abril inicia la declaración anual para personas físicas.

A partir de este miércoles 1 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el periodo oficial para que las personas físicas presenten la Declaración Anual 2025.

El trámite, que se realiza completamente en línea, debe efectuarse entre el 1 y el 30 de abril de 2026, y es obligatorio para millones de contribuyentes en México.

Este proceso es clave para regularizar la situación fiscal, evitar sanciones y, en muchos casos, acceder a devoluciones de impuestos.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?

Portada Constancia de Situación Fiscal
Constancia de Situación Fiscal

El SAT establece que no todos los contribuyentes están obligados a presentar la Declaración Anual. Quienes sí deben hacerlo incluyen a las personas físicas que durante 2025:

  • Trabajaron para dos o más empleadores.
  • Percibieron ingresos por honorarios o por actividad empresarial.
  • Recibieron recursos por arrendamiento de inmuebles.
  • Obtuvieron ingresos del extranjero o adicionales a su salario.
  • Superaron los 400 mil pesos anuales en sueldos.
  • Recibieron ingresos por intereses, dividendos o por la venta de bienes.

¿Quiénes no están obligados a declarar al SAT?

Aquellos que solo tuvieron un patrón durante el año, cuyos ingresos no rebasaron los 400 mil pesos y no realizaron actividades empresariales, generalmente no están obligados a declarar, aunque pueden hacerlo de forma voluntaria si desean solicitar un saldo a favor.

¿Qué documentos se requieren?

No es necesaria la CURP biométrica.
No es necesaria la CURP biométrica.

El trámite requiere contar con:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Contraseña del SAT
  • e.firma vigente
  • En caso de solicitar devolución, una cuenta CLABE bancaria a nombre del contribuyente.

El organismo recordó que la CURP Biométrica no es un requisito para la Declaración Anual 2025.

“Actualmente, no es necesario contar con la CURP Biométrica para presentar la Declaración Anual. El SAT continúa utilizando los mismos mecanismos de identificación fiscal que han estado vigentes en los últimos años”.

Novedades y herramientas para facilitar el trámite

(captura de pantalla: SAT)
(captura de pantalla: SAT)

Para el ejercicio fiscal 2025, el SAT puso a disposición de los contribuyentes el Simulador de la Declaración Anual, disponible en su portal web durante marzo.

Esta herramienta permite revisar la información precargada, identificar posibles errores y anticipar el resultado antes del envío definitivo. Entre las mejoras anunciadas, el simulador ahora solicita completar cada apartado antes de avanzar, detalla ingresos exentos y permite verificar datos de retenedores para actividades empresariales, arrendamiento, RESICO y plataformas digitales.

El SAT incluyó nuevas funcionalidades para aplicar estímulos fiscales del Plan México para quienes cuenten con la constancia de autorización correspondiente. También se integraron mensajes informativos para advertir sobre modificaciones en los datos precargados y la posibilidad de reclasificar facturas de deducciones personales que el sistema no haya reconocido automáticamente.

Entre las herramientas adicionales, destacan los visores de nómina para trabajadores y empleadores, el visor de deducciones personales y el visor de retenciones, útiles para revisar facturas, pagos y operaciones anualizadas. El trámite debe enviarse con e.firma cuando el saldo a favor sea igual o mayor a 10,001 pesos.

Consecuencias de no cumplir, sanciones y recomendaciones

El SAT recibe las declaraciones anuales por todo el mes de abril.
El SAT es la encargada de recaudar impuestos a nivel nacional. Crédito: MARIO JASSO/CUARTOSCURO

No presentar la Declaración Anual en tiempo y forma puede derivar en multas que van de 2,050 hasta 25,360 pesos por cada obligación omitida, conforme al Código Fiscal de la Federación.

Además, el SAT puede requerir al contribuyente hasta tres veces y, de no recibir respuesta, este puede perder su buen estatus fiscal. El pago de multas no exime de presentar la declaración, por lo que la autoridad recomienda realizar el trámite lo antes posible.

Para quienes cumplen con la obligación, existe la posibilidad de recibir un saldo a favor si pagaron más impuestos de los debidos. La devolución puede efectuarse en menos de 15 días, aunque el plazo legal es de hasta 40 días hábiles, siempre que los datos bancarios y fiscales estén completos y correctos.

El SAT sugiere a los contribuyentes preparar la información de ingresos, deducciones y facturas antes de iniciar el trámite, revisar que la e.firma esté vigente y utilizar el simulador para evitar errores. Ante cualquier duda, el organismo dispone de canales como OrientaSAT, MarcaSAT y el chat en línea para atención personalizada.