
La situación legal de Víctor Manuel Álvarez Puga, empresario y esposo de Inés Gómez Mont tuvo una actualización tras la decisión de un juez migratorio en Estados Unidos de ordenar su deportación.
Desde el 17 de octubre, el empresario permanece bajo custodia en instalaciones migratorias de Miami, Florida, mientras sus representantes legales han impugnado la resolución, a la espera de que la autoridad estadounidense se pronuncie el miércoles 12 de noviembre.Sobre Víctor Manuel “N” pesan dos órdenes de aprehensión vigentes emitidas por la Fiscalía General de la República (FGR) de México.
“Desde el 17 de octubre pasado, un Juez migratorio estadounidense determinó la deportación de dicha persona, ante lo cual sus abogados, en ese país, recurrieron esa orden de deportación, sobre la cual se pronunciará la autoridad, el próximo miércoles 12 de noviembre”, indicó la dependencia.
La FGR detalló que Víctor Manuel aún se encuentra recluido en las instalaciones migratorias de Miami, Florida.
La primera, por delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, fue girada por la Fiscalía Especializada en esa materia. La segunda, por defraudación fiscal, corresponde a la Fiscalía Especializada de Control Competencial de la misma institución.La Agencia de Investigación Criminal (AIC) de la FGR solicitó a INTERPOL la emisión de una ficha roja para la localización y detención internacional de Víctor Manuel “N”.

De qué se le acusa a Víctor Manuel Álvarez Puga
Uso de empresas fantasma y evasión fiscal
- El uso de empresas fantasma se vincula con el delito de defraudación fiscal y la emisión de comprobantes fiscales falsos. De acuerdo con el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF):
- Sanción: Prisión de 2 a 9 años para quien expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas.
Orquestación de operaciones para el desvío de recursos públicos:
- El Código Penal Federal considera como delito la administración fraudulenta y el peculado por el desvío de recursos públicos:
- Peculado (art. 223 CPF): Prisión de 2 a 14 años, dependiendo del monto sustraído. Multa de hasta 150 días. Destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos hasta por 10 años.
Asociación delictuosa y delincuencia organizada:
- Si los delitos anteriores se cometen en grupo, pueden configurarse como delincuencia organizada:
- Delincuencia organizada (art. 2 y 4 LDO):
- Prisión de 20 a 40 años para quienes cometan en grupo delitos como operaciones con recursos de procedencia ilícita, defraudación fiscal o similares.
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