
El próximo lunes 20 de diciembre se estará conmemorando el Día de la Revolución Mexicana, fecha importante en México debido a que en 1910 inició un conflicto armado como consecuencia del descontento popular hacia la dictadura de Porfirio Díaz, y que llevó a una guerra civil que transformó de manera radical las estructuras políticas y sociales del país.
Debido a que se trata de una fecha que cambió la historia de México, existen dudas acerca de si se trata de un día feriado, es decir, si se deberá laborar o será un día de descanso.
Así que si tienes dudas acerca de si tendrás que asistir a tu lugar de trabajo el próximo lunes 20 de noviembre, no te preocupes, acá te compartimos toda la información al respecto.

¿El 20 de noviembre es feriado?
De acuerdo con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el día festivo, o día feriado es aquel que no es laborable y se considera como descanso.
Además señala que el tercer lunes de noviembre es considerado como día festivo en conmemoración del 20 de noviembre.
Del mismo modo, de acuerdo con lo revelado con el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP) correspondiente al ciclo escolar 2023-2024, los estudiantes pertenecientes a la educación básica tampoco tendrán que asistir a clases ese día.

¿Qué pasa si a las y los trabajadores se les solicita que trabajen el 20 de noviembre?
Según lo que indica la Ley Federal del Trabajo en el artículo 75, en primera instancia las y los trabajadores y las y los patrones deberán determinar el número de trabajadoras y trabajadores que tendrán que prestar sus servicios.

De este modo, las trabajadoras y los trabajadores estarán obligados a prestar sus servicios, pero tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado; es decir, se les deberá de pagar el salario diario normal más el doble.
Cabe mencionar que los pagos extras por trabajar en los días que de manera oficial se consideren como feriados se deben recibir a la siguiente quincena o el día que se tiene establecido para efectuar los pagos ya sea diario, semanal, catorcenal o mensualmente.
Es importante añadir que también depende en muchas ocasiones de las condiciones que el empleador le haya planteado al trabajador previamente, ya que algunas empresas deciden regirse bajo normativas distintas y hay casos en los que en lugar de recibir un pago mayor, existe la posibilidad de recibir un día más de descanso.
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