Implantes torcidos, dolor y llanto: la condena de $23 millones a una odontóloga por mala praxis

Una paciente atravesó una intervención de cuatro horas y terminó perdiendo los implantes, además de necesitar injertos óseos. La Justicia tuvo por acreditada la negligencia profesional y la falta de registros médicos básicos. Por qué el tribunal consideró clave la ausencia de la historia clínica y cómo calculó la indemnización por el daño psicológico

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La Justicia bonaerense condenó a una odontóloga a pagar más de 23 millones de pesos por mala praxis en implantes dentales. (Foto de archivo: Shutterstock)

La Justicia bonaerense condenó a una odontóloga a pagar más de 23 millones de pesos a una paciente por un caso de mala praxis. Según la sentencia, la decisión se sustentó en la deficiente atención recibida por la reclamante, quien debió someterse a varias intervenciones correctivas tras la colocación defectuosa de dos implantes dentales.

La demandante, actualmente de 39 años, inició la acción judicial tras vivir un episodio que describió como extremadamente traumático en un consultorio de Lomas del Mirador. Según relató en su demanda, al regresar al consultorio para un control y la colocación de emergentes sobre los implantes, la profesional comenzó a aplicar anestesia repetidas veces y a realizar incisiones con bisturí en la zona previamente intervenida, sin ofrecer explicaciones claras sobre lo que estaba haciendo. A lo largo de cuatro horas, la paciente manifestó sentir un dolor insoportable, pidió en varias ocasiones que se detuviera el procedimiento y, ante la intensidad del sufrimiento, rompió en llanto dentro del consultorio. Frente a esa situación, la odontóloga le indicó que “no podía encontrar los implantes” y la instó a esperar en la sala de espera, en pleno contexto de pandemia.

El relato presentado durante el juicio detalló que la crisis emocional y el dolor físico se agravaron al recibir como única respuesta el ofrecimiento de colocar teflón en una de las lesiones para evitar que empeorara. La reclamante subrayó que, a pesar de sus súplicas y del llanto, la profesional continuó con los cortes hasta encontrar los implantes, lo que intensificó la angustia y el padecimiento. La situación concluyó con la paciente siendo invitada a retirarse del consultorio sin obtener una solución concreta, lo que la impulsó a buscar asistencia médica urgente en un hospital público.

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La paciente debió someterse a varias cirugías tras la colocación defectuosa de dos implantes, lo que agravó su estado físico y psicológico. (Foto de archivo: Freepik)

Los estudios médicos posteriores confirmaron que los implantes atravesaban el hueso maxilar en una posición incorrecta, perforando la tabla ósea vestibular. Diversos especialistas consultados concluyeron que la única alternativa viable consistía en retirar los implantes mediante cirugía, dado el riesgo de daño mayor. El tratamiento de recuperación incluyó el retiro quirúrgico, injertos óseos y la colocación de nuevas prótesis, extendiéndose durante varios meses y requiriendo múltiples intervenciones.

La demandante fundó su reclamo en la ley de derechos del paciente, invocando la falta de información adecuada y la ausencia de consentimiento informado para los procedimientos realizados. Además, denunció que la historia clínica presentada por la odontóloga carecía de los requisitos legales mínimos: no era cronológica, ni foliada, ni contenía los detalles clínicos necesarios para reconstruir el proceso asistencial.

Durante el proceso, la profesional demandada negó la existencia de mala praxis, atribuyendo las complicaciones a la supuesta falta de cuidados de la paciente y a factores anatómicos. Sostuvo que la intervención se realizó correctamente y que los implantes podrían haber cambiado de posición durante el proceso de osteointegración. También presentó una historia clínica digital y fichas odontológicas como prueba de su accionar.

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La historia clínica incompleta y sin datos esenciales resultó clave para probar la responsabilidad civil de la profesional por mala praxis odontológica. (Foto de archivo: Adobe Stock)

El Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 5 de La Matanza, a cargo del caso, valoró especialmente la prueba pericial odontológica, que concluyó que los implantes fueron colocados en un eje atípico y que tal posición impedía su rehabilitación funcional. Tanto la perito como los odontólogos que participaron en el tratamiento correctivo descartaron que los implantes pudieran haberse movido espontáneamente, señalando que la ubicación incorrecta solo podía explicarse por una mala planificación y ejecución inicial.

La sentencia destacó que la historia clínica presentada por la demandada no cumplía con los requisitos legales, ya que se limitaba a códigos prestacionales y asientos de pago, sin registrar la evolución clínica ni los procedimientos realizados. El juez consideró que esta omisión constituyó un elemento central en la configuración de la responsabilidad civil, al impedir la verificación objetiva de los hechos y el control judicial de la praxis.

En cuanto a los daños, la resolución detalló que la reclamante sufrió una incapacidad física parcial y temporal del 3,2 %, así como una incapacidad psicológica permanente del 5 %. El monto de la indemnización incluyó gastos médicos, costos de traslado y un resarcimiento por daño moral, considerando las aflicciones padecidas durante el extenso proceso de recuperación.

Peritajes confirmaron que los implantes dentales atravesaban el hueso maxilar, resultado de una mala planificación y ejecución inicial del tratamiento. (Foto de archivo: Freepik)

La resolución también abordó el debate sobre la naturaleza de la responsabilidad médica, enfatizando que la obligación del profesional es de medios y no de resultado. No obstante, subrayó que la negligencia, impericia o falta de información al paciente generan responsabilidad civil, en función del deber legal de actuar con diligencia y de documentar adecuadamente cada paso del tratamiento.

El fallo rechazó la defensa basada en presuntas negativas de la paciente a completar el tratamiento, señalando que no existían pruebas fehacientes de esa versión y que, por el contrario, la falta de información y seguimiento adecuado pesó en contra de la profesional. El tribunal consideró acreditado que los implantes se colocaron sin realizar los estudios previos necesarios, como la tomografía computada que habría permitido una mejor planificación del procedimiento.

El juez también descartó la existencia de una pérdida de chance laboral, dado que la reclamante mantuvo su empleo durante todo el proceso y no se acreditó una afectación concreta de sus oportunidades laborales a raíz de la incapacidad.

El juez desestimó las defensas de la odontóloga y determinó que la negligencia y el deficiente seguimiento clínico fueron determinantes en el daño sufrido. (Foto de archivo: Freepik)

Respecto de la cuantificación del daño, la sentencia aplicó fórmulas matemáticas orientativas y valoró la edad, condición laboral y expectativas de vida de la paciente, así como el impacto psíquico documentado por la pericia psicológica. El monto total ascendió a 23.534.950 pesos, suma a la que se adicionarán intereses hasta el efectivo pago.

El tribunal rechazó el pedido de actualización monetaria automática, argumentando que la indemnización se fijó a valores actuales. También desestimó el planteo de inconstitucionalidad contra las leyes que prohíben la indexación, por considerar que no se verificaba un perjuicio concreto en este caso.

Las costas del juicio fueron impuestas a la parte demandada, conforme al principio objetivo de la derrota. La regulación de honorarios y la eventual liquidación de la tasa de justicia quedaron diferidas para una etapa posterior.

La sentencia destaca la importancia de la adecuada información y documentación en la práctica médica y odontológica para evitar conflictos legales y proteger los derechos del paciente. (Foto de archivo: Getty Images)

La sentencia remarcó la importancia de la historia clínica como documento médico-legal fundamental para dirimir conflictos en materia de responsabilidad profesional. La ausencia de registros completos y veraces no solo perjudica al paciente, sino que también debilita la posición defensiva del profesional de la salud en el proceso judicial.

El fallo citó múltiples precedentes de la Suprema Corte bonaerense y de la Corte Suprema de la Nación, enfatizando el deber de los médicos y odontólogos de informar de manera clara, suficiente y adecuada sobre los procedimientos, riesgos y alternativas terapéuticas. La vulneración de este deber, sumada a la deficiente documentación, fue determinante para la condena.

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