El diplomático Alejandro Eugenio Alonso Sainz, quien a fines de 2024 había sido anunciado por la Cancillería como nuevo embajador argentino ante el Reino de España, está cerca de darle un cierre definitivo en Comodoro Py a una causa por abuso sexual simple que le inició una mujer con quien compartió equipo de trabajo en el consulado en Barcelona.
Alonso Sainz fue sobreseído por el juez federal Julián Ercolini, decisión que ratificó hace poco más de un mes la Cámara Federal porteña. El caso llegó ante la Cámara Federal de Casación Penal y, este lunes, la Sala IV de ese tribunal tuvo por desistido el recurso de la Fiscalía, por lo que solo escuchará la apelación de la querella, que representa a la víctima.
La denunciante, una cónsul adjunta, relató una serie de hechos ocurridos entre 2016 y 2021, mientras ambos trabajaban en el Consulado General de Barcelona. Tras denunciarlo internamente, ella pidió su traslado y pasó a trabajar en una dependencia oficial de otro país.
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La diplomática afirmó que Alonso Sainz le hacía comentarios constantes sobre su apariencia física, los cuales, con el tiempo y ante su rechazo, se volvieron agresivos, según su versión.
Recordó que, en un principio, escuchó frases como “que linda que estás”, “que bien te queda ese vestido”, “que flaca que sos”, “yo tengo que rodearme de gente linda como vos”, “la gente te tiene envidia, sos linda, joven, profesional, tenés que tener cuidado”, “que piernas largas tenés”, “no parecés madre de dos niños”, o “que buena genética tenés”, entre otras.
Posteriormente, los comentarios se tornaron más ofensivos, siempre según la denuncia: “Tu perfume huele a Raid”, “en esta oficina hay olor a telo”, “ese vestido es de puta”, “me gustan tus piernas”, “bajá del ascensor porque te parto la boca”, “estás en bolas”, “tenés olor a mentira”, “vení que te la entierro”, “tenés olor a mierda”, le habría dicho Alonso Sainz.
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La funcionaria denunciante también mencionó que el cónsul la llamaba “como a los perros” y que en una ocasión, delante de otros empleados, dijo: “Nos falta un enano y nos la enfiestamos”. Además, relató que por teléfono le dijo “soñé que te violaba” y que buscaba excusas para presentarse cerca de su domicilio.
La denuncia también incluyó un incidente específico que se investigó como presunto abuso sexual simple, a partir del impulso que le dio a la causa el fiscal Carlos Stornelli. La mujer describió que en una ocasión, en una oficina del Consulado, Alonso Sainz se le acercó, la acorraló contra una pared y puso su cuerpo sobre el de ella, con su nariz en su cuello. Ella se asustó y lo empujó.
Según su relato, dos empleadas estuvieron presentes e intervinieron. Fueron citadas a declarar como testigos en la causa.
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El fiscal Stornelli requirió la instrucción el 9 de junio de 2025, para esclarecer los presuntos actos abusivos contra su integridad sexual y los comentarios lesivos a su condición de mujer, así como los episodios intimidatorios y humillantes.
En la causa se incorporó un sumario administrativo interno que ya estaba en trámite en la Cancillería desde 2023, iniciado contra Alonso Sainz por “hechos compatibles con acoso laboral y acoso y abuso sexual”.
En el marco de ese sumario administrativo, las autoridades competentes de Cancillería le tomaron testimonio a 28 personas. Hubo versiones de todo tipo acerca del acoso laboral denunciado y el ambiente de trabajo en el Consulado en Barcelona.
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Una de las mujeres que presenció el hecho investigado como abuso sexual simple declaró en ese expediente que Alonso Sainz “se acercó” a la denunciante para oler su perfume, y que ella se fue para atrás, pero él siguió insistiendo.
Luego lo ratificó ante el fiscal Stornelli: “De repente empieza como a olfatear y dice: ‘¿De quién es este perfume? ¿Qué rico perfume, de quién es?’ Empieza a olfatear y se va acercando, ella se empieza a ir más cerca de la pared digamos y él se va yendo encima de ella, a punto tal que queda contra la pared, él se le va encima, le mete la cabeza acá en el cuello, le apoya el cuerpo encima para olerla. La situación era tan violenta, de hecho, fue la primera situación así tan marcada que yo puedo decir acá pasa algo raro”, dijo la testigo.
El sumario administrativo concluyó que lo más oportuno era la clausura de las actuaciones al considerar que no había elementos suficientes para imputar responsabilidad a Alonso Sainz.
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En diciembre último, el juez Ercolini dictó el sobreseimiento de Alonso Sainz al entender que las pruebas no acreditaron los episodios denunciados. En su fallo, el magistrado señaló que el expediente administrativo concluyó que 24 de 28 testigos no presenciaron conductas indebidas, y los audios aportados por la denunciante no pudieron verificar su trazabilidad ni autenticidad.
La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó el sobreseimiento. El camarista Roberto Boico, en su voto, resaltó que el abuso sexual simple requiere un tocamiento o contacto físico no consentido con significación sexual. En el caso concreto, Boico consideró que el “olfateo” y el contacto físico resultante no tenían una significación sexual objetivable.
Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah compartieron la conclusión, señalando que las pruebas no acreditaron el hecho tal como se describió en la denuncia, y que, incluso si hubiera ocurrido, sería atípico, es decir que no se ajusta a la descripción establecida en la ley.
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Ahora la Cámara Federal de Casación Penal tiene la última palabra y resolverá la situación judicial del diplomático solamente con un recurso sobre la mesa: el de la víctima.