Quinta de Pilar vinculada a la AFA: Casación resolverá si el caso sigue en Campana o vuelve a CABA

El máximo tribunal penal federal aceptó la queja de la fiscalía y revisará la decisión que sacó la investigación por la quinta de Pilar de la órbita del juez Marcelo Aguinsky

Casación resolverá el futuro de la investigación por la casaquinta que se vincula a dirigentes de la AFA

La Cámara Federal de Casación Penal reabrió este miércoles la disputa por la competencia en la causa que investiga si una valiosa casaquinta ubicada en Pilar pertenece a testaferros de dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino y fijó una audiencia clave para escuchar los argumentos.

El máximo tribunal penal federal del país decidirá si el caso se sigue investigando en el juzgado federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, o vuelve al juzgado en lo penal económico de Marcelo Aguinsky, en la Ciudad de Buenos Aires.

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El expediente, que tiene como imputados a los supuestos testaferros Luciano Pantano y su madre, se envió a Campana por decisión del juez Alberto Lugones, de la Cámara Federal de San Martín, quien zanjó un conflicto basado en que las propiedades investigadas están en Pilar, jurisdicción del juzgado de Charvay.

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Pero esta decisión fue resistida por Aguinsky y por los diferentes fiscales del caso, incluído el fiscal de San Martín Carlos Cearras, quien llegó en queja a Casación.

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Su planteo fue admitido ahora por la Sala I de ese Tribunal, integrada por los jueces Javier Carbajo, Ángela Ledesma y Mariano Borinsky. Declararon “erróneamente denegado” el recurso de casación y habilitaron su tratamiento, sin adelantar opinión sobre el fondo del conflicto.

Como próximo paso, los jueces fijaron una audiencia para el 30 de marzo a las 11.30. Allí, escucharán a las partes antes de resolver qué juzgado debe investigar el expediente.

Una causa con ramificaciones múltiples

La investigación gira en torno a la compra de una propiedad de grandes dimensiones en Pilar, atribuida a la firma Real Central SRL, de los Pantano. Según la denuncia, la empresa no podría justificar el origen de los fondos y habría actuado como pantalla de sus verdaderos titulares, quienes, según se sospecha, serían dirigentes de la AFA, como su tesorero, Pablo Toviggino.

La investigación menciona a Luciano Nicolás Pantano y Ana Lucía Conte como intermediarios y pone bajo análisis la trazabilidad del dinero utilizado en la operación, en un contexto de posibles vínculos con el mundo del fútbol profesional.

El eje del litigio no es aún el fondo del caso, sino qué juez debe investigarlo.

El juez federal de Campana reclamó la causa por la ubicación del inmueble, mientras que el juzgado penal económico porteño sostuvo su intervención. La Cámara Federal de San Martín resolvió que el expediente debía tramitar en Campana.

Sin embargo, el fiscal cuestionó esa decisión al considerar que fue adoptada con una “fundamentación solo aparente” y sin respetar reglas básicas de competencia.

Se sospecha que los reales compradores de la casaquinta de Pilar fueron dirigentes de la AFA (Foto: Reuters/Cristina Sille)

También advirtió que se trata de una maniobra compleja y extendida en distintas jurisdicciones y que la sede de la AFA se ubica en CABA, en la calle Viamonte. Allí llegaba por ejemplo un resumen de tarjeta de crédito corporativa emitida a favor de Pantano, con la que se pagaban gastos vinculados a la quinta y a la flota de autos de lujo que se encontró en el lugar.

“Nos encontraríamos ante complejas maniobras de lavado de dinero que se habrían cometido en múltiples jurisdicciones”, advirtió la fiscalía.

En esa línea, sostuvo que reducir el caso a la ubicación del inmueble implica ignorar la verdadera dimensión del expediente, que incluiría operaciones societarias y financieras en la Ciudad de Buenos Aires y otros puntos de la provincia.

Garantías en juego

Para la Casación, aunque las cuestiones de competencia no suelen habilitar este tipo de recursos, en este caso hay elementos suficientes para hacer una excepción.

El tribunal entendió que están en discusión garantías constitucionales como el debido proceso y el juez natural, lo que justifica su intervención temprana: se encuentran involucradas “cuestiones de neta índole federal” que habilitan la revisión, sostuvo.

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