Fracasó la jugada de dos acusados de integrar una red internacional dedicada a la venta ilegal de medicamentos a Estados Unidos

Los dos imputados pretendían discutir una medida cautelar en una investigación de lavado de activos. Ambos están sospechados de integrar una banda que, a través de una farmacia digital, vendía de forma ilícita sustancias ligadas a los opiodes. La investigación fue iniciada por la DEA en 2017

Agentes de la Administración de Control de Drogas (DEA por sus siglas en inglés). (United States Drug Enforcement Administration - DEA.gov)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó los planteos de dos presuntos integrantes de una red internacional dedicada a la venta ilegal de medicamentos y drogas sin recetas conocida bajo el nombre de Goldpharma. Según la investigación que inició la Administración de Control de Drogas (DEA por sus siglas en inglés), las maniobras se realizaban a través de una farmacia online con base en Argentina y un mercado de consumidores en Estados Unidos, donde introducían sustancias controladas ligadas a los opioides.

El caso involucra una investigación que comenzó en julio de 2017 después de que la oficina del fiscal del Distrito Este de Wisconsin y la DEA se contactaran con la PROCUNAR-el ala de la Procuración dedicada a investigar narcotráfico- para denunciar que habían rastreado hasta Argentina el núcleo de una organización criminal que vendía por internet de forma ilegal a través de Goldpharma -un sitio web farmacéutico- sustancias controladas en Estados Unidos.

En ese entonces, las fuerzas estadounidenses registraron una comercialización clandestina de diferentes clases de drogas farmacéuticas ligadas a los opioides, tales como oxicodona, hidrocodona, codeína, tapentadol, metilfenidato, tramadol, alprazolam, carisoprodol, zolpiden y diazepam, tranquilizantes y analgésicos controlados por el Código de ese país, que la banda delictiva vendía a través de una triangulación con proveedores en Rumania e India.

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Luego de un operativo conjunto entre distintas fuerzas nacionales e internacionales, con la Policía de la Ciudad, la UIF, AFI, PROCELAC y DEA involucradas, los integrantes de Goldpharma cayeron en marzo de 2019 bajo el marco de una pesquisa que involucró 21 allanamientos y el análisis de inteligencia sobre distintas comunicaciones. Por estas implicancias, cinco argentinos fueron acusados por el fiscal del Distrito Este de Wisconsin, en Estados Unidos, por 12 cargos de importación de estupefacientes y conspiración.

Se trata de Conrado Adolfo Frenzel, Jorge Alejandro Paura, Luciano Brunetti, Lucas Daniel Paura y Santiago Videmato, cuyos pedidos de extradición elaborados por el Grand Jury del Distrito Federal de Wisconsin quedaron formalmente en manos del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 6 de la Capital Federal.

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En paralelo, en la justicia porteña, se investigaron también las supuestas maniobras de intermediación financiera y lavado de activos que tendrían como “delito precedente” los fondos ilícitos provenientes de las operaciones de Goldpharma. En dicha causa, ni Jorge Paura ni Frenzel estaban acusados. Sin embargo, tanto uno como otro pretendieron ser reconocidos como imputados para poder participar en el expediente y ejercer, así, sus derechos respecto de un inmueble ubicado en la Avenida del Libertador, sobre el cual se había dispuesto una medida cautelar.

En este contexto, el 29 de diciembre de 2021 el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2 entendió que la medida cautelar en cuestión tenía vinculación con el proceso de extradición aún en curso, por lo cual ordenó remitir tal incidente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 6 porteño. Ambas defensas recurrieron la decisión, pero la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico decidió confirmarla.

El caso -impugnaciones mediante- llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde sendos recursos de queja fueron desestimados de forma unánime por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

“Que el apelante no ha dado cumplimiento a los recaudos establecidos por los artículos 4°, 5° y 7°, incisos a, b y c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde desestimar la presente queja”, firmaron los cuatro jueces del Máximo Tribunal en uno de los planteos, desestimado por incumplimientos formales en la presentación del escrito.

“Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, esgrimieron al rechazar la otra presentación. Ahora sus pretensiones quedarán a cargo del juez que tiene en manos la extradición de todos los involucrados en el “caso Goldpharma”.

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