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Desde los abrigos voluminosos hasta las cadenas para la nieve: estas son las multas de tráfico más habituales en invierno

La normativa obliga a extremar la visibilidad, revisar el vehículo y adaptar la conducción ante lluvia, niebla y hielo

Un automóvil en una carretera nevada. / Freepick

La llegada del frío, la lluvia, la niebla y las primeras nevadas modifica las condiciones de circulación en las carreteras españolas. Durante estos meses, la visibilidad se reduce, el asfalto pierde adherencia y aumenta la importancia del mantenimiento del vehículo.

En ese contexto, las infracciones relacionadas con el alumbrado, los neumáticos, la visibilidad y el cumplimiento de la señalización específica pueden acarrear multas de 200 euros.

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La normativa de tráfico obliga a los conductores a adaptar su comportamiento al estado de la vía, la meteorología y las condiciones del vehículo. El Reglamento General de Circulación establece que la velocidad debe permitir detener el coche dentro del campo de visión disponible, una obligación que cobra especial relevancia ante lluvia intensa, placas de hielo, nieve o niebla.

Las luces son obligatorias cuando la visibilidad disminuye

El uso incorrecto del alumbrado figura entre las conductas más habituales durante el invierno. Los vehículos deben llevar encendidas las luces entre la puesta y la salida del sol, en túneles y pasos inferiores. También es obligatorio utilizar el alumbrado cuando la niebla, una nevada, la lluvia intensa o las nubes de polvo y humo reduzcan de forma sensible la visibilidad.

Luces de un coche (Freepik)

La luz antiniebla delantera puede emplearse en esas circunstancias, mientras que la trasera queda reservada para situaciones especialmente adversas, como niebla espesa, lluvia muy intensa o una nevada fuerte. Activarla sin que exista una causa que lo justifique puede deslumbrar a los vehículos que circulan detrás.

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Circular sin el alumbrado reglamentario constituye una infracción grave. La sanción prevista para las infracciones graves es de 200 euros, según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La misma cuantía puede aplicarse si el vehículo presenta fallos en dispositivos obligatorios de iluminación o señalización.

Cadenas, neumáticos y visibilidad ante la nieve

Las cadenas no son obligatorias de forma general en todos los desplazamientos invernales, pero sí lo son cuando una señal o una restricción específica impone su uso en un tramo afectado por la nieve. En esos casos, los conductores deben disponer de cadenas o de neumáticos aptos para circular bajo esas condiciones, conforme a lo que determine la señalización de la vía.

Ignorar esa obligación puede derivar en una denuncia de 200 euros e incluso en la inmovilización del vehículo si sus condiciones comprometen la seguridad. Además, desde el 1 de octubre, el Reglamento General de Circulación prohíbe adelantar en autopistas y autovías cuando la nieve dificulta la circulación. Los vehículos deben utilizar el carril derecho y dejar libres los situados a la izquierda para facilitar el paso de los servicios de emergencia y las máquinas quitanieves.

El estado de los neumáticos también resulta determinante. Circular con cubiertas que no cumplen las condiciones técnicas exigidas, con desgaste excesivo o una presión inadecuada, puede considerarse una infracción grave. La profundidad mínima legal del dibujo es de 1,6 milímetros, aunque la adherencia sobre suelo mojado disminuye antes de alcanzar ese límite.

Consejos imprescindibles para conducir de forma segura con nieve o hielo.

El conductor debe mantener en todo momento un campo de visión suficiente. Por ese motivo, circular con el parabrisas cubierto de hielo, nieve o vaho, o con las escobillas en mal estado, puede derivar en una sanción si impide controlar adecuadamente el vehículo. Antes de iniciar la marcha, conviene retirar el hielo de los cristales y comprobar el funcionamiento de la ventilación, la luneta térmica y los limpiaparabrisas.

La matrícula también debe permanecer legible. La legislación obliga al conductor a verificar que las placas no presentan obstáculos que dificulten su lectura e identificación. La acumulación de barro, nieve o suciedad puede ser sancionada con 200 euros.

El abrigo voluminoso no figura como una infracción autónoma, aunque puede impedir que el cinturón quede correctamente ajustado o limitar los movimientos del conductor. Si afecta al uso adecuado del cinturón o a la capacidad de control del vehículo, la conducta puede ser objeto de sanción.

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