La DGT advierte: aparcar sin seguro, aunque sea en tu garaje, conlleva multas de hasta 3.000 euros

El organismo señala que mantener un vehículo dado de alta sin la póliza obligatoria, aunque no circule, puede suponer sanciones económicas y otras medidas adicionales

Poseer un seguro de coche es obligatorio, según la normativa española, y su carencia implica sanciones. / Freepick

Circular sin seguro tiene consecuencias. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido una advertencia dirigida a todos los propietarios de vehículos en España: mantener un coche sin seguro en el garaje puede acarrear multas de hasta 3.005 euros. Esta medida se desprende del contenido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, cuya aplicación afecta de forma general incluso a quienes no sacan el vehículo del garaje, ha recogido el diario La Razón.

El artículo 2.1 de la mencionada normativa establece que cualquier titular de un vehículo inscrito en el registro español debe mantener activa una póliza de seguro, independientemente de si el vehículo se utiliza o permanece aparcado durante largos periodos en una plaza privada. Lo cierto es que en España, circulan más de 2.600.000 vehículos sin seguro, cifra que representa aproximadamente el 8% del parque móvil, según un estudio de Línea Directa citado por la DGT. Este dato resalta la dimensión de una problemática que, hasta fechas recientes, ha pasado desapercibida para gran parte de los conductores.

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La obligación de asegurar el coche sigue vigente mientras este conserve el alta administrativa. Por tanto, no basta con estacionarlo indefinidamente en un garaje para quedar exento del seguro obligatorio. Si el propietario opta por no renovar la póliza mientras el vehículo sigue inscrito, se expone a sanciones económicas importantes. La cuantía de la multa por carecer de seguro varía entre 601 y 3.005 euros, en función de criterios como el tipo de coche, el tiempo transcurrido sin seguro, si el vehículo ha circulado o ha permanecido inmovilizado y si existe reincidencia. Según explica La Razón, los casos en los que el automóvil permanece guardado suelen situarse en el rango más bajo de la horquilla, aunque no por ello dejan de suponer una infracción real y con impacto económico para el dueño del vehículo.

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Las sanciones por carecer de seguro de coche: multa, vehículo en el depósito o precinto público

Además de establecer multas económicas por la ausencia de seguro, también hay otras sanciones que se aplican cuando se carece del papel pertinente. Las medidas adicionales que prevé la ley son las siguientes. Puede optarse por el depósito del vehículo, su precinto en un espacio público o su inmovilización en el domicilio del titular. Cabe destacar que todas estas acciones se realizan a costa del propietario tras la detección de la infracción.

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Estos también poseen gradación. El precinto puede comenzar con una duración de un mes, ampliarse hasta tres meses en casos de reincidencia e incluso alcanzar un año si se incumple la restricción impuesta. Además, el coste del depósito deberá ser asumido íntegramente por el titular, quien no podrá recuperar el coche hasta abonar la suma correspondiente y contratar un seguro válido. Estos procedimientos se aplican con independencia de que el coche se encuentre aparcado o en circulación, siempre que permanezca dado de alta en el registro.

La normativa consultada recoge una sola excepción clara a esta obligación. Solo los vehículos que hayan sido dados de baja temporal o definitiva en el Registro de la Dirección General de Tráfico dejan de estar sujetos a la póliza obligatoria mencionada. Hasta que esa baja se produce, incluso si el turismo nunca sale del garaje, el propietario sigue obligado a mantener activo el seguro y a cumplir el resto de requerimientos legales.

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Por ello, cabe destacar que la ley no contempla la inactividad del vehículo como causa eximente, por lo que guardar un coche sin uso en un garaje privado no exime de la responsabilidad civil ante cualquier eventualidad. De esta forma, tanto la sanción económica como la posibilidad de inmovilización solo dejan de aplicarse cuando el coche queda fuera de uso mediante una gestión administrativa.

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