Así funciona el nuevo protocolo de reparación para víctimas de abusos en la Iglesia: el Estado tiene la última palabra en caso de desacuerdo

El mecanismo está dirigido a supervivientes que no pueden acceder a la vía judicial, ya sea porque los delitos han prescrito o porque los agresores han fallecido

Un feligrés levanta la mano en una misa. (Canva)

Las negociaciones entre el Estado y la Iglesia para alcanzar un acuerdo que repare e indemnice a las víctimas de pederastia en el ámbito eclesiástico atravesaron momentos de gran dificultad. De hecho, el pacto estuvo cerca de fracasar el pasado sábado, debido a los nuevos cambios planteados por la Iglesia pese a haber firmado el pacto el 8 de enero, pero la intervención directa del Vaticano, a través del cardenal Pietro Parolin, y la determinación del ministro de Justicia, Félix Bolaños, permitieron retomar el diálogo y cerrar el acuerdo. De esta forma, el protocolo se firmó finalmente el 30 de marzo y entrará en vigor el 15 de abril.

Los obispos han puesto freno al acuerdo principalmente por dos motivos: la demanda de que la Iglesia asuma en exclusiva el pago de las indemnizaciones y la opción de que el Defensor del Pueblo pueda revisar y modificar las compensaciones ya concedidas a través del Plan PRIVA, un programa puesto en marcha por la propia Iglesia en 2025 y cuyo impacto hasta ahora ha sido muy reducido. Estos dos puntos, sin embargo, eran líneas rojas para el Gobierno, pues los consideraba fundamentales para garantizar la supervisión externa y la igualdad de trato para todas las víctimas, independientemente de las indemnizaciones que hubieran recibido anteriormente.

Puntos clave

La nueva vía de reparación para víctimas de pederastia en la Iglesia da respuesta a los casos en los que ya no es posible recurrir a la vía judicial, bien sea porque ya han prescrito o porque los agresores hayan fallecido.

Read more!

El proceso comienza con la presentación de la solicitud por parte de la víctima en la Unidad de Tramitación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que la trasladará a la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo. Tras analizar el caso y escuchar a las partes, esta unidad elaborará una propuesta de resolución y, si procede, de reparación —que podrá ser simbólica, restaurativa, espiritual y/o económica— en un plazo máximo de tres meses.

Esa propuesta se remitirá a la comisión asesora de la Iglesia prevista en el Plan PRIVA, que contará con un plazo de dos meses para evaluarla. Si tanto la Iglesia como la víctima están de acuerdo, la propuesta se considerará definitiva y se ejecutará a través de la Comisión Asesora PRIVA. Si alguna de las partes no acepta la propuesta, el caso será revisado por la Comisión Mixta, en la que participan todas las instituciones firmantes y asociaciones de víctimas y, si tampoco hubiera consenso, prevalecerá la valoración del Defensor del Pueblo.

(I-D) El presidente de la Conferencia Episcopal Española, Luis Argüello, el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, y el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, durante la firma del acuerdo. (Europa Press)

La Iglesia católica deberá cumplir con las medidas reparadoras acordadas. En caso de que la diócesis, instituto o entidad religiosa responsable no lo haga, la Conferencia Episcopal y la Conferencia Española de Religiosos asumirán la garantía de cumplimiento.

Cabe también señalar que las víctimas que hayan acudido ya al Plan PRIVA para solicitar su reparación, también podrán ahora recurrir al nuevo mecanismo mixto. No obstante, el ministro Félix Bolaños aclaró que, en los casos en los que ya se haya recibido una indemnización, esta circunstancia será valorada al determinar posibles nuevas compensaciones.

Read more!