¿Puedes grabarte comiendo en un restaurante? “Al hostelero le puede caer una multa de hasta 6.000 euros”

Un creador de contenido especializado en gastronomía informa sobre los límites legales

El 'tiktoker' español especializado en gastronomía explica los límites de grabación de contenido en los restaurantes. (TikTok/@cocituber)

En plena era de los vídeos de TikTok y las reseñas culinarias por redes, los restaurantes se han convertido no solo en espacios donde comer, sino en escenarios de creación de contenido digital. Cada día, muchos usuarios sacan su móvil para inmortalizar su plato, grabar su reacción o comentar en vivo la experiencia. Sin embargo, el fenómeno ha generado un debate creciente: ¿es legal grabarse dentro de un restaurante y captar también el entorno?

La pregunta, que a simple vista parece trivial, ha empezado a tomar relevancia en redes sociales y en la conversación jurídica, especialmente tras la postura de creadores gastronómicos que han explicado públicamente sus límites al grabar dentro de establecimientos. Este es el caso de @cocituber. En uno de sus vídeos más recientes de TikTok, informa sobre los límites legales de grabar contenido en los restaurantes.

Aunque son espacios abiertos al público, legalmente se consideran propiedad privada de acceso público. Esto significa que los dueños pueden establecer reglas, incluida la prohibición de grabar. En consecuencia, si un restaurante lo comunica visiblemente – a través de un cartel de prohibición - el cliente debe respetarlo. La situación es comparable a grabar dentro de tiendas, cines o gimnasios, donde también prevalece la normativa interna del negocio. No obstante, si no hay una prohibición visible, en este caso los clientes sí podrían grabar. Además, las prohibiciones nunca pueden ser discriminatorias, es decir, se aplica la misma normativa tanto para influencers que quieran documentar una experiencia gastronómica como para particulares que simplemente busquen hacer una foto de su plato. En caso de darse este último supuesto, en el que no hay un aviso estricto de prohibición, si el establecimiento se niega a dejar grabar a un cliente, se podría interponer una demanda, que podría acarrear una multa de hasta 6.000 euros.

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Una pareja cenando en un restaurante. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El derecho a la imagen de terceros

Más allá del permiso del local, uno de los principales límites legales aparece cuando la cámara capta a otras personas. La legislación española protege de forma estricta la imagen y privacidad de las personas, lo que implica que nadie puede ser grabado y difundido públicamente sin consentimiento.

Filmar rostros de otros comensales puede generar conflictos. La difusión posterior en redes sociales convierte la situación en algo aún más delicado, pues ya no se trata solo de grabar, sino de publicar contenido que afecta a la intimidad de las personas. De ahí que, para evitar vulneraciones, la recomendación general sea centrar el contenido en el propio autor y en los platos. Si aparecen terceros, lo correcto es difuminar su rostro o solicitar su autorización previa.

Lo mismo sucede con el personal de un restaurante. Además de los derechos de imagen, entran en juego elementos derivados del entorno profesional. Filmar a camareros o cocineros sin permiso puede interpretarse como una intromisión no solo personal, sino también laboral. En los últimos años, algunos negocios han comenzado a colocar carteles indicando la prohibición de grabar a empleados, buscando evitar exposición involuntaria y posibles reclamaciones.

Informes InfobaeStudio - Restaurantes gourmet en la villa 31

La tecnología ha cambiado la forma de relacionarnos. La incursión del contenido digital en la vida cotidiana hace que nos preguntemos por estas nuevas formas de convivencia. En un mundo donde cada aspecto de la vida cotidiana se puede transformar en un contenido capitalizable es natural que surja una legislación específica que ponga límites.

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