Cuántos días tienes para responder a una notificación de Hacienda y qué pasa si no lo haces

No responder tiene consecuencias irreversibles y puede suponer una multa de hasta 150 euros

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Persona leyendo una carta (Adobe Stock)

Uno de los momentos más temidos por cualquier español es la llegada de las notificaciones de Hacienda. La Agencia Tributaria cuenta con siete tipos de comunicaciones, cada una con un propósito diferente, y no todas tienen por qué ser malas o suponer una sanción económica.

En este sentido, es importante saber que los requerimientos de la Agencia Tributaria siempre se envían por correo certificado en dos intentos. Una de las estrategias más recurrentes es la de no querer cogerlos o ignorarlos cuando el cartero deja el aviso, sin embargo, esto puede resultar contraproducente, ya que las notificaciones no recibidas se publican en el Boletín Oficial de la Provincia y una vez que se publica, empieza a contarse el plazo para responder, lo que implica que el derecho a presentar alegaciones puede caducar. Pero, ¿Cuál es el plazo para contestar a los mensajes y qué pasa si no se hace?

Desde la compañía de software de facturación y contabilidad online Anfix explican que el plazo habitual que Hacienda concede para responder a sus misivas es de 10 días hábiles (sin contar los domingos y festivos) a partir del día siguiente a la recepción de la notificación (es importante anotar la fecha en la que llega para evitar que venza el plazo). Sin embargo, si ya ha pasado, los expertos recomiendan responder igualmente, aunque la administración no está obligada a considerar la respuesta.

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Los requerimientos pueden contestarse de manera telemática o mediante la presentación de alegaciones y documentos en el registro de la Delegación de Hacienda. También es posible solicitar una cita y acudir en persona a consultar el expediente (en este caso, el plazo para pedir cita es el mismo de los 10 días para alegar).

Hay que tener en cuenta que no responder tiene consecuencias irreversibles. Si se nos solicita documentación y no se presenta, se podría enfrentar una multa de 150 euros. En caso de recibir una paralela de un impuesto y no alegar, la propuesta de Hacienda se considerará firme y se enviará una carta de pago para cubrir la diferencia, si es que existe. Después de este paso, ya no se aceptarán alegaciones.

Si se presentan alegaciones dentro del plazo y Hacienda no las acepta, se recibirá una carta notificando la decisión. En ese caso, se podrá interponer un recurso de reposición. Si el procedimiento sigue siendo desfavorable, se podrá acudir al Tribunal Económico-Administrativo o, si es necesario, a la vía judicial.

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Quince días durmiendo frente al despacho de la directora general de la Agencia Tributaria.

Tipos de notificaciones de Hacienda

Según detallan desde la asesoría fiscal TaxDown, la Agencia Tributaria puede enviar distintos tipos de notificaciones, pero las principales son:

  • Carta informativa: Notificación de carácter informativo que no requiere respuesta inmediata, pero sí un acuse de recibo, generalmente en forma certificada.
  • Comprobación: Solicita información adicional o verifica datos proporcionados por el contribuyente.
    • Requerimiento: Se envía cuando los datos del contribuyente no coinciden con los registros de Hacienda, pidiendo la documentación necesaria para aclarar el desajuste.
    • Propuesta de liquidación: Hacienda informa sobre una corrección de la declaración, y el contribuyente puede presentar una alegación si no está de acuerdo.
    • Resolución del procedimiento: Comunica el resultado final del procedimiento y las posibles liquidaciones, que pueden ser recurridas.
  • Providencia de apremio: Notificación que reclama una deuda tributaria no saldada después de los plazos de pago voluntario, aplicando recargos e intereses.
  • Diligencias de embargo: Notificación aún más grave, informando sobre una deuda con el Tesoro Público que requiere un pago inmediato. Ignorarla puede acarrear consecuencias graves.
  • Expediente sancionador: Notificación sobre una infracción y el inicio de un expediente sancionador, detallando el tipo de impuesto y la cantidad defraudada. Si no se está de acuerdo, se puede presentar un recurso, pero si no es favorable, debe pagarse la cantidad establecida.
  • Investigación fiscal: Indica que Hacienda realizará una inspección detallada de la documentación, ya sea por azar o por dudas sobre la declaración. Es crucial colaborar, ya que no hacerlo puede empeorar la situación.
  • Información sobre otra persona: Solicita información sobre una persona o empresa con la que el contribuyente haya tenido alguna relación. Es importante responder dentro del plazo indicado.
Persona leyendo carta (Adobe Stock)

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